Boletín nº 117 (21-06-2011)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 5.492/2011

El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba en sesión celebrada el día 16 de mayo de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización del estudio de detalle A-1 del PEPCH, en Plaza de las Tazas y Calle Santa Inés, promovido por Hermagor S.A., advirtiendo al promotor que, en todo caso, las obras se ejecutarán bajo las siguientes condiciones:

1º Las obras se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto de Urbanización aprobado definitivamente y a los Pliegos de Condiciones y Presupuestos incluidos en aquél, bajo la supervisión de los técnicos de esta Gerencia Municipal de Urbanismo.

2º Se encomendará la dirección de las obras a un técnico superior particular, quién nombrará bajo su responsabilidad al personal técnico de grado medio y de vigilancia de obras, a fin de poder ejercer la debida inspección de las mismas.

3º Se comunicará a esta Gerencia con setenta y dos horas de antelación, la fecha de comienzo de las obras, el nombre del contratista que las realice y, en su caso, el de los técnicos directores de las obras, a fin de poder ejercer la debida inspección de las mismas, efectuándose conjuntamente con la Unidad Técnica del Servicio de Planeamiento el replanteo de las obras y suscribiéndose la correspondiente Acta de Replanteo.

Segundo.- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor.

Tercero.- Advertir al promotor de que en el plazo de los tres meses siguientes a la notificación del acuerdo de aprobación definitiva de los proyectos de urbanización deberá constituir un depósito del 2% del presupuesto de ejecución material calculado con arreglo al coste de las obras, en concepto de control de calidad, para la realización de los ensayos correspondientes.

Cuarto.- Advertir al promotor que si pretende simultanear las obras de urbanización y de edificación, tal y como consta en la memoria del Proyecto de Urbanización, deberá obtener autorización previa para ello, debiendo depositar en concepto de fianza, un aval equivalente al 100% del Presupuesto de Urbanización (incluidos honorarios profesionales, beneficio industrial e I.V.A.), asumiendo los compromisos establecidos en el articulo 55 LOUA.

Quinto.- Notificar la presente Resolución al promotor, y demás interesados significándoles los recursos que, en su caso, proceda.

Córdoba, 24 de mayo de 2011.- El Gerente, Francisco Paniagua Merchán.

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