Boletín nº 119 (23-06-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
Córdoba

Nº. 5.741/2011

Por parte de las oficinas de empleo, se ha emitido Comunicación/es de Propuesta de Suspensión de Prestaciones, relativas a los beneficiarios de prestaciones que aparecen en relación adjunta, no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, por resultar desconocido/ausente sus destinatarios en el domicilio que obra en esta Dirección Provincial. La presente publicación se realiza en virtud de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación a dichos trabajadores, que deberán personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, s/n en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los beneficiarios referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial. 

COMUNICACIÓN DE PROPUESTA DE SUSPENSIÓN DE PRESTACIONES 

Apellidos y nombre

DNI/NIE

Fecha de la

sanción

Causa devolución 

Aguilera López, José

14639228G

16/03/11

Desconocido

Cabezas Lozano, Rafael Luis

45738349C

29/04/11

Desconocido

Chair, Ameur

X3214545L

25/04/11

Desconocido

Cosano Estrada, Ttrinidad

50609421Z

11/03/11

Ausente

Iisar, Costel

X7056444K

10/05/11

Desconocido

Tomas Naranjo, Ángel Luis

30815274N

01/03/11

Ausente

Touhin, Vitali

X6769615W

04/04/11

Ausente

Vélez Murillo, Duván Hernan.

310222067N

19/10/10

Ausente

Según la información obrante en este Servicio Público se encuentra usted en una presunta situación de irregularidad en base a la no renovación de su demanda de empleo en la fecha indicada en su tarjeta de demanda, o a la no comparecencia a requerimiento del SEPE.

El Hecho señalado supone una infracción leve, de acuerdo con lo establecido en la letra a) del nº3 del art. 24 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. 

Esta presunta infracción, lleva aparejada, según la letra a) del nº 1 del art. 47 del mencionado Texto Refundido, la sanción de la pérdida de un mes del derecho.

En virtud de ello, se le comunica que se ha iniciado un proceso sancionador, con propuesta de suspensión por 1 mes del derecho que tiene reconocido. 

Según lo dispuesto en el nº 4 del artículo 37 del Reglamento General sobre los procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/98, de 14 de mayo, dispone de 15 días a partir de la fecha de recepción de la presente comunicación para formular, por escrito, ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal las alegaciones que estime oportunas, documentalmente acreditadas. Transcurrido dicho plazo, se dictará la Resolución correspondiente. 

Si el proceso que se inicia es por una presunta reincidencia en una infracción de igual categoría, que aún está pendiente de resolución firme, la resolución al presente procedimiento no se dictará hasta que no se dé por finalizado el anterior.

Al mismo tiempo se le comunica que en aplicación de lo dispuesto en el nº 4. del art. 47 I.d) del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, se ha procedido a cursar baja cautelar en su prestación, en tanto se dicte la mencionada Resolución.

Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el nº4 del Art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y en el Real Decreto 137/2010, de 12 de febrero, se le comunica también lo siguiente: 

El nº del expediente que se inicia con esta comunicación es el de su D.N.I. o N.I.E. 

El Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el Art. 20.3 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, que aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social dispone de un plazo de seis meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el art. 44.2 de la mencionada Ley 30/92, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el Servicio Público de Empleo Estatal pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito. 

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a www.sepe.es o al teléfono 901.11.99.99.

Córdoba 6 de junio de 2011.- El Director Provincial del SEPE, Rogelio Borrego Martínez.

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