Boletín nº 119 (23-06-2011)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
Córdoba

Nº. 5.754/2011

Por esta Dirección Provincial, se ha emitido Resolución sobre Exclusión del Programa de Renta Activa de Inserción, relativas a los beneficiarios que aparecen en relación adjunta, no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, por resultar desconocido/ausente sus destinatarios en el domicilio que obra en esta Dirección Provincial. La presente publicación se realiza en virtud de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación a dichos trabajadores, que deberán personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, s/n en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los trabajadores referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial.

RESOLUCIÓN SOBRE EXCLUSIÓN DEL PROGRAMA DE RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN

D.N.I.

Apellidos y nombre

Fecha sanción

Causa devolución

30042709V

Fernández Ortega, Carmen

07/01/11

Desconocido

30073190T

Obejo Román, Carmelo

31/03/11

Ausente

30442295R

Ponce Vicioso, Rafael

22/02/11

Ausente

30062759B

Talavera Corpas, Antonio

19/01/11

Desconocido

Examinadas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador incoado con respecto a la prestación/subsidio que viene usted percibiendo y en atención a los siguientes

Hechos

1.- En la tramitación de este expediente se han seguido las formalidades legales.

2.- No renovó su demanda de empleo o no compareció previo requerimiento ante los Servicios Públicos de Empleo en la fecha indicada (ver fecha sanción en relación adjunta). 

3.- Se le comunicó una propuesta de su exclusión en la participación en dicho Programa por el motivo indicado, concediéndosele un plazo de 15 días para que alegara cuanto considerara que conviene a su derecho, según lo indicado en le nº 4, del art. II del Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre. 

4.- Que sí/no ha presentado alegaciones que modifiquen la propuesta inicial, a los que son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de Derecho

I.- El Servicio Público de Empleo Estatal es competente para resolver por razón de la materia, de acuerdo con lo dispuesto en el nº 5, del art. 11 y en el nº 1 del art. 13 del Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre.

II.- La letra b), del nº 1, del art. 9 del Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, establece que es causa de baja definitiva en el Programa de Renta Activa de Inserción, no renovar la demanda de empleo en la forma y fechas que se determinan en el documento de renovación o no comparecer, previo requerimiento, ante el Servicio Público de Empleo Estatal o ante los servicios públicos de empleo.

Visto todo lo actuado, preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial

Resuelve

Excluirle definitivamente en la participación en el Programa de Renta Activa de Inserción que tenía Ud. reconocida, con la pérdida de todos los derechos que dicha participación implicaba, incluidos los efectos económicos.

Contra la presente resolución, conforme a lo previsto que el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, podrá interponer ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.

Córdoba, 2 de junio de 2011.- El Director Provincial del SEPE, Rogelio Borrego Martínez.

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