Boletín nº 119 (23-06-2011)
VII. Otras Entidades
Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local
Córdoba
Nº. 5.793/2011
El Consejo de Rector del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local-Diputación de Córdoba, en sesión celebrada en el día 01/06/2011 adoptó acuerdo de creación de la Sede Electrónica del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local (en adelante IC Hacienda Local), Organismo autónomo dependiente de la Diputación Provincial de Córdoba.
La dirección electrónica de referencia de la sede es https://sede.haciendalocal.es., accesible directamente y desde el portal de Internet http://www.haciendalocal.es. Así mismo la sede estará accesible desde la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba.
Las condiciones e instrumentos de creación de la Sede Electrónica del IC Hacienda Local, son las siguientes:
1. El ámbito de aplicación de la sede se extiende a todos los órganos y dependencias del Organismo Autónomo, en relación con las actuaciones y procedimientos de su competencia.
2. La sede electrónica estará disponible de forma gratuita y permanente para todos los ciudadanos, utilizando para ello sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras. La fecha y hora oficial de la sede, será la que corresponda a la España peninsular conforme a lo que establezca, en su caso, el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
3. El Organismo Autónomo IC Hacienda Local, responderá respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los que pueda accederse a través de la sede electrónica.
4. El desarrollo y mantenimiento tecnológico de la sede electrónica será competencia de la Empresa Provincial de Informática, S. A. (Eprinsa), de acuerdo con las funciones que tiene asignadas como ente instrumental de la Diputación Provincial de Córdoba.
5. La identificación de la sede electrónica se llevará a cabo mediante certificado de sede, consistente en un sistema de firma electrónica basado en certificado de dispositivo seguro o medio equivalente.
6. La sede electrónica dispondrá medios para la formulación de quejas y sugerencias.
7. Serán canales de acceso a los servicios electrónicos del IC Hacienda Local:
a) Acceso electrónico a través de la Sede Electrónica.
b) Atención presencial, en las oficinas del Organismo existentes en la provincia.
c) Atención presencial, en los Puntos de Información existentes en las oficinas de Ayuntamientos.
Y para general conocimiento, cumpliendo con el apartado cuarto del referido acuerdo, se procede a su publicación.
En Córdoba, a 7 de junio de 2011.- El Presidente, Francisco Pulido Muñoz.