Boletín nº 121 (27-06-2011)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 5.494/2011

El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 16 de Mayo de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización PU-TR-6d de las obras necesarias para dotar de todos los Servicios Urbanísticos al ámbito de suelo urbano consolidado de la barriada periférica de Santa Mª de Trassierra, promovido por el Consejo de Distrito de Santa Maria de Trassierra y presentado por Proyectos de Cordoba Siglo XXI, S.A. (PROCÓRDOBA).

Segundo.- Someterlo a información pública por un plazo de quince días, con notificaciones personales a los propietarios afectados y publicación en el Tablón de Anuncios y periódico de ámbito provincial, así como en el BOP.

Tercero.- Solicitar los informes de los organismos sectoriales, Compañías Suministradoras así como los de carácter interno, señalados en el informe del Servicio de planeamiento de 11 de mayo de 2011, que se remitirán al Promotor una vez recibidos.

Cuarto.- Se advierte que antes de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización deberá presentar un mínimo de dos ejemplares completos de Texto Refundido contenido las subsanaciones de las observaciones, que en su caso, contengan los informes solicitados. Así mismo, al tratarse de un Proyecto de Urbanización que ejecuta los viales del ámbito PU-TR-6d tal como están configurados actualmente, deberá abordarse la urbanización que proceda y resulte como consecuencia de las nuevas alineaciones que establece el PGOU/01 para cada frente de fachada correspondiente; obras que se acometerán como Complementarias del proyecto de Edificación de cada propietario en particular, según establece el art. 98.4 de la citada LOUA.

Quinto.- Por tratarse de una iniciativa pública eximir del cumplimiento de la aportación del aval del 7% del coste total de las obras establecido por el art. 130.4 de la lay 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) como de la garantía de ejecución de las obras de urbanización, así como del aval del 2 % del coste de ejecución material de dichas obras, establecido por el art. 5.2.4 del PGOU/01 para garantizar el control de calidad de las mismas.

Córdoba, 25 de mayo de 2011.- El Gerente, Francisco Paniagua Merchán.

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