Boletín nº 122 (28-06-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 5.975/2011

Notificación sobre Baja de Extranjeros no Comunitarios sin autorización de residencia permanente en el Padrón Municipal por caducidad de sus respectivas inscripciones al no haber procedido a la renovación de éstas.

El art 16.1 de la Ley 7/1985, de 2-4, reguladora de las Bases de Régimen Local establece que la inscripción en el Padrón Municipal deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años cuando lo sea de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, y que el transcurso de dicho plazo será causa para acordar la caducidad de las inscripciones, siempre que el interesado no haya procedido a tal renovación.

Previo requerimiento a todas y cada una de las personas que a continuación se relacionan, para que, en su caso, procedan a la renovación de su inscripción en el Padrón Municipal, sin que lo hayan realizado, y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años (B.O.E. núm. 128, de 30 de mayo de 2005), por la Alcaldía, con fecha 9 de junio de 2.011, se ha dictado Resolución disponiendo lo siguiente:

1º.- Dar de baja por caducidad de la inscripción padronal en el vigente Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, a cada una de las personas que en la propia Resolución se relacionan, con efectos de la fecha en que les sea notificada la presente resolución, bien personalmente o mediante su publicación en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber efectuado los interesados petición de renovación padronal.

2º.- Que, en el supuesto de que alguna de las personas aquí relacionadas, formulara petición de su renovación padronal antes de que le fuera notificada la presente Resolución, procederá dejar sin efecto el registro correspondiente, permaneciendo por tanto inscrito en el vigente Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio.

Intentada la notificación de la anterior resolución a los interesados que a continuación se relacionan, sin que se les haya podido practicar, aquélla se efectúa por medio del presente anuncio que se publicará en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Nombre

Apellido

2º Apellido

Documento de identidad

Domicilio de notificación

Alba Bibiana

Ballesteros

Castañeda

6788952

Calle Obispo Dguez. Valdecañas (Quinta, 10, Pbj

Sandra Milena

Mejia

Gonzalez

6650835

Calle Arevalo, 60, P01, Iz

Abdelhak

Nouri

 

W378102

Calle Calzadilla Del Valle, 31

Mourad

Bahaj

 

5094607

Calle Malaga, 16, P02, A

Olga Liliana

Ochoa

Cardona

02505091

Calle San Pedro, 43, P02, A

Mariuxi Marlene

Tomala

Coronel

0917427551

Calle Parroco Joaquin Jimenez Muriel, 26, P02, A

Abdelkbir

Boumaaza

 

6880133

Ronda Paseo Viejo, 5, Pbj, C

Fouad

Debsalim

 

T523707

Calle Feria (La), 11

Saida

Mortaji

 

M334098

Plaza Mercado (Del), 16, 3, P01, F

Vilma Amparo

Prado

Contreras

6291315

Avda. Joan Margarit (De), 19

Seck

Abdoulaye

 

07935393

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