Boletín nº 123 (29-06-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 5.870/2011

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Posadas, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

Visto que por Matías Higueras Jiménez y otros se ha presentado en este Ayuntamiento Proyecto de Bases y Estatutos de la Junta de Compensación para la UE-P.P.R-2 El Moredal 1, el cual fue aprobado inicialmente mediante Acuerdo de Pleno de 21 de diciembre de 2010, y sometido a información pública mediante anuncio en el BOP y en el tablón de anuncios, sin que se hayan producido alegaciones, esta Alcaldía propone al Pleno la adopción del siguiente

Acuerdo

Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Estatutos y Bases de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución PP R-2 El Moredal 1, presentado por Matías Higuera Jiménez y otros, como propietarios del 89,22 % de dicha Unidad.

Segundo.- Aprobar el aplazamiento de la prestación de garantía del 7% prevista en el artículo 130.2.g de la LOUA, hasta la constitución de la Junta de Compensación, que se habrá de depositar con carácter previo a la remisión del acuerdo de aprobación de la constitución de la Junta de Compensación, formalizada en escritura pública, a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

Tercero.- Notificar individualmente a todos los propietarios de terrenos incluidos en la unidad el presente acuerdo, con expresión del BOP en el que hayan sido publicados íntegramente los Estatutos y Bases de Actuación.

Cuarto.- Requerir a los propietarios afectados que no hubieren solicitado su incorporación a la Junta de Compensación para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de un mes, contado desde la notificación, siguiéndose el sistema de compensación en régimen de aportación forzosa mediante reparcelación, sin más trámites, respecto de cuantos propietarios no hubieran efectuado opción alguna en el plazo concedido a tal efecto tras la aprobación inicial de los Estatutos y Bases de Actuación, de conformidad con el artículo 129.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. El mismo régimen podrá seguirse respecto de los propietarios incorporados que incumplan las obligaciones inherentes al sistema, salvo que soliciten la expropiación.

Quinto.- Requerir, transcurrido el plazo expresado en el párrafo anterior, a los propietarios incorporados a la Junta de Compensación para que, mediante escritura pública, procedan a su formal constitución.

Sexto.- Designar, como representante municipal en la Junta de Compensación y sus órganos de gobierno, al Alcalde-Presidente de la Corporación.

Séptimo- Solicitar del Registro de la Propiedad la afección registral de las fincas incluidas en el ámbito de la unidad de ejecución, conforme a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 1.093/1997, de 4 de julio, que deroga el artículo 169 del Reglamento de Gestión Urbanística). 

Octavo.- Publicar el presente acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la misma; ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Posadas (Córdoba), a 6 de junio de 2011.- El Alcalde, Juan Antonio Reyes Delgado.

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