Boletín nº 123 (29-06-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgados de Córdoba
Decanato

Nº. 5.969/2011

Comunico a V.S. que en la Junta Sectorial de Jueces de Instrucción, Menores, Vigilancia Penitenciaria y Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Córdoba, celebrada el día veinticuatro de Mayo de dos mil once, se acordó entre otros puntos del orden del día lo siguiente:

&Segundo.- Encontrándose presente todos y cada uno de los Juzgados de instrucción de la capital, se acuerda por unanimidad de sus miembros que se incluya como objeto de debate y decisión el funcionamiento del servicio de guardia una vez entre en funcionamiento efectivo el Juzgado de Instrucción nº 8 de la capital, a producir en fecha de 30 de Junio del año en curso, toda vez que el sistema diseñado en las anteriores juntas podría resultar de forzado encaje en el sistema legalmente establecido.

Por unanimidad de todos los Jueces de instrucción se acuerda lo siguiente:

Que la prestación del servicio de guardia para la celebración de los juicios inmediatos de faltas se llevará a cabo por parte del juzgado que le siga en número al que se encuentra de servicio de guardia ordinario, de forma tal que en la semana que se encuentre de guardia el Juzgado núm. 1, se encontrará en disponibilidad para la celebración de los juicios inmediatos de faltas el Juzgado núm. 2, con la periodicidad establecida en el reglamento, esto es de Lunes a Viernes desde las 9,00 horas hasta las 19,00 horas. Cuando se encuentre de Guardia el Juzgado núm. 2, esto es la semana siguiente, se encontrará de guardia para la celebración de los juicios inmediatos de faltas el Juzgado núm. 3, y así sucesivamente.

El Juzgado de guardia ordinario señalará los juicios de faltas para su celebración inmediata la semana siguiente a su semana de Guardia, dentro de las previsiones reglamentarias, y con los plazos legalmente establecidos, a los fines de que las comunicaciones, citaciones y diligencias que hayan de practicarse puedan llevarse a efecto con el tiempo imprescindible para que surtan sus propios efectos. Dichos señalamientos se efectuarán desde la fecha de 27 de Junio, al encontrarse el Juzgado de instrucción núm. 8 en funcionamiento la semana siguiente en funciones de guardia para la celebración de los juicios inmediatos de faltas.

Los señalamientos policiales para los juicios inmediatos de faltas se producirán por las Fuerzas y Cuerpos de seguridad los días martes, miércoles y jueves, de 10:30 a 11:30 horas, conforme vayan entrando los asuntos en el orden establecido en el cuadro, quedando el resto, tanto los Lunes y Viernes, como el resto de franja horaria de los días indicados, para los señalamientos judiciales.

No se deberán señalar los juicios con menos de 10 minutos de diferencia entre unos y otros.

El número máximo de juicios inmediatos de faltas será de 10 al día contando con señalamientos policiales.

La junta considera conveniente que se habilite una agenda programada de señalamientos a cuyo fin se dirigirá atento oficio a la Delegación de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía&..

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos.

Córdoba, a 15 de junio de 2011.- El Magistrado-Juez Decano, Luis Rabasa Aguilar-Tablada.

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