Boletín nº 132 (12-07-2011)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo
Delegación Provincial de Córdoba

Nº. 6.400/2011

Convenio: Hispanomoción S.A. (antes El Motor Nacional S.A.).

Expediente: 14/01/0001/2011.

Fecha: 30/06/2011.

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación.

Destinatario: Darío del Pozo Vega.

Código de Convenio número 14000032011981.

Visto el texto del Convenio Colectivo suscrito con fecha 9 de junio de 2011, por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Mosa Córdoba Hispanomoción, S.A., con vigencia desde el día 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de  Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

A C U E R D A

Primero.- Ordenar su inscripción en el  Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Provincial de Empleo de la Junta de Andalucía, Antonio Fernández Ramírez.

ACTA Nº 2 DE ACUERDOS FINALES DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE MOSA CÓRDOBA HISPANOMOCIÓN, S.A.

Por la representación empresarial:

D. Fernando Paunero Merino

D. Darío del Pozo Vega

Por la representación social:

D. Juan Carlos Rodríguez Cuerva

D. Ricardo Rubio García

D. Antonio González Sánchez

D. José Antonio Cantarero Prados

En Córdoba, siendo las 11,30 horas del día 9 de junio de 2011, se reúne la Comisión Negociadora formada por las personas relacionadas en el encabezamiento del presente Acta en representación de los trabajadores y de la Empresa para retomar las negociaciones para la firma de un nuevo Convenio Colectivo de Mosa Córdoba Hispanomoción, S.A.:

1º.- Ambas partes llegan a un acuerdo para la firma de un nuevo convenio colectivo en los siguientes términos:

- Duración de 2 años (2011-2012).

- Incremento salarial de 1,5% para cada uno de los años de vigencia.

- Mantenimiento de la cláusula de revisión salarial contenida en el último convenio colectivo.

- Inclusión de los nuevos artículos propuestos sobre Desarrollo Social Sostenible y sistema de clasificación profesional en los términos planteados inicialmente por la representación empresarial. 

- Modificación de los horarios de trabajo de la semana de Feria propuestos por la parte social, en el artículo sobre Jornada, con efecto a partir del año 2.012 y con la siguiente redacción:

En feria de Mayo se realizará un horario de lunes a jueves de 8,30 a 13,30 horas y tres horas cada trabajador/a en una de las dos tardes primeras de feria, organizándose dos turnos.

- Sustitución de la referencia a Nuevas contrataciones por Personal de Taller, Recambios y Administración, y de la referencia a Resto de Personal por Colectivo con horario particular en el artículo sobre Jornada.

El colectivo con horario particular está formado por D. Ricardo Rubio García y D. José Antonio Cantarero Prados.

- Sustitución de la referencia de Fondo de Anticipos a Fondo de Préstamos en el artículo sobre Prestaciones Sociales.

2º.- Ambas partes acuerdan apoderar a D. Darío del Pozo Vega, para realizar cuantos trámites administrativos sean necesarios para el registro del Convenio Colectivo de Mosa Córdoba Hispanomoción, S.A. y su publicación en el boletín oficial correspondiente.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 14,00 horas en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente acta.

CONVENIO COLECTIVO DE MOSA CORDOBA HISPANOMOCION, S.A.

Artículo 1º.- Objetivo del Convenio

El presente Convenio Colectivo se formaliza conforme al Estatuto de los Trabajadores, con el fin de fomentar el espíritu de justicia social, igualdad y solidaridad, mejorando el nivel de vida de los trabajadores.

Artículo 2º.- Ámbito funcional

El presente Convenio afectará a todos los centros de trabajo de la empresa situados en Córdoba.

Artículo 3º.- Ámbito territorial

De acuerdo con lo establecido en el artículo 85.3 del Estatuto de los trabajadores, el ámbito territorial del presente Convenio es el de la empresa Hispanomoción, S.A., en su centro de trabajo de Córdoba y los que, durante su vigencia, se puedan abrir en la provincia.

Artículo 4º.- Ámbito personal

El presente Convenio afecta a todos los trabajadores de la plantilla de la empresa en el momento de su entrada en vigor y a los que se contraten durante la vigencia del mismo, en el ámbito territorial establecido en el artículo 3º de este acuerdo. Se excluyen:

- Los cargos comprendidos en el apartado c) del número 3 del artículo 1º del Estatuto de los Trabajadores.

- Los cargos comprendidos en el apartado a) del número 1 del artículo 2º.

Artículo 5º.- Ámbito temporal

El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y durará dos años; finalizará por tanto el día 31 de diciembre de 2012. No obstante, los efectos salariales se retrotraerán al día 1 de enero de 2011.

Artículo 6º.- Denuncia del Convenio: Forma, condiciones y plazo de preaviso

La denuncia del Convenio debe hacerse por cualquiera de las partes, dentro del periodo de vigencia, comunicándolo a la otra de manera fehaciente y asimismo a la Autoridad Laboral. Prorrogado el Convenio, lo será por un año y en sus propios términos. Las partes se comprometen a iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo en el primer cuatrimestre del año en que corresponda.

Artículo 7º.- D esignación de la C omisión P aritaria

La Comisión Paritaria prevista en el artículo 85.3 del Estatuto de los Trabajadores como órgano de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilancia del cumplimiento del Convenio Colectivo, estará integrada por tres delegados de personal o miembros del comité de empresa, en representación de los trabajadores, y tres personas que se designen a tal efecto por la Dirección en representación de la Empresa.

Artículo 8º.- U nidad de C onvenio

El presente Convenio constituye un todo orgánico y las partes quedan mutuamente vinculadas al cumplimiento de su totalidad. El Convenio pactado debe aplicarse con exclusividad de cualquier otro y constituirá un todo único e indivisible que se aplicará en cómputo global y anual.

Artículo 9º.- Desarrollo social sostenible

En las actuales circunstancias económicas y de competitividad que definen y condicionan el mundo de la Empresa y que hay que considerar para su supervivencia, es imprescindible tener en cuenta el elemento humano como parte fundamental integrante de la misma. Por ello, se hace preciso compatibilizar el desarrollo económico de la Empresa con los derechos y aspiraciones del entorno, tanto en los aspectos medioambientales como en los puramente sociales.

Sin perjuicio de lo pactado en el presente Convenio Colectivo y de los demás acuerdos y prácticas existentes, es intención de los firmantes analizar y, en su caso, concluir, durante la vigencia del mismo, acuerdos en materias de desarrollo socialmente sostenible, en la medida en que la organización de la Empresa posibilite tales instrumentos de integración laboral y social. Profundizando en el principio del diálogo social permanente, los firmantes manifiestan la necesidad de seguir avanzando en el camino de la consecución de aquellos acuerdos en las materias en que ambas partes convengan.

Ambas partes, asimismo, declaran la vigencia de los valores y normas de comportamiento contenidos en el Acuerdo Marco Mundial y en el Código Ético de

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