Boletín nº 137 (19-07-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 6.614/2011
De conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la ley 4/99, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentando sin éxito la notificación a los interesados, se hace saber que en este Ayuntamiento se ha instruido expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes a las personas abajo relacionadas, cumplimentándose de esta forma lo establecido en el art. 72 del reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 1.690/86, de 11 de julio, y Norma II.1.C.2 de las aprobadas por Resolución Conjunta del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, de 9-4-97 (BOE de 11 de abril).
Transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
Lo que se hace público en trámite de audiencia a los interesados para que el plazo de quince días, puedan comparecer y manifestar lo que a su derecho convenga.
Persona cuya baja se propone.- Domicilio indebidamente consignado.
D. Antonio Sanabria Caballero; C/ Cartago Nº 36, 3-1.
Córdoba, 30 de mayo de 2011.- La Concejala Delegada de Gestión, Defensa del Consumidor y Salud Pública, Alba Mª Doblas Miranda.