Boletín nº 152 (09-08-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 7.240/2011
Dª Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 216/2011 a instancia de la parte actora D. Salvador Gutiérrez Martínez contra Francisco Muñoz Álvarez de Sotomayor sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 10/02/10 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por D. Salvador Gutiérrez Martínez, representado por la Procuradora Sra. Fernández de Villalta Fernández y defendido por el Abogado Sr. Rodríguez García, contra la empresa Francisco Muñoz Álvarez de Sotomayor, debo condenar y condeno a la misma a que abone al actor la cantidad de 7.025,49 euros conforme al desglose expuesto en el hecho probado segundo, más otros 702,54 euros de interés por mora, lo que hace un total de 7.728,03 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede interponerse recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que deberán anunciar por escrito o por simple comparecencia ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación; advirtiendo a la empresa demandada de que si pretende recurrir deberá consignar el importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, oficina de Avda. Conde de Vallellano nº 17 de Córdoba, con el nº 1445/0000/65/ (nº de expediente con 4 dígitos) / y año (con 2 dígitos); o bien formalizar aval bancario por la indicada suma, así como la cantidad de 150,25 € en concepto de depósito para recurrir.
Así por esta mi sentencia, cuyo original se archivará en el libro de sentencias de este Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada el mismo día de su fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.
Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que conste expido el presente en Córdoba a doce de febrero de dos mil diez.
Diligencia.- Seguidamente se remite por correo certificado copia de la anterior resolución a las partes. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Francisco Muñoz Álvarez de Sotomayor actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 25 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.