Boletín nº 214 (09-11-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 9.495/2011

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de octubre 2011, aprobó provisionalmente el expediente sobre modificación y derogación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de los Tributos Municipales que a continuación se detallan, que surtirán efectos a partir de su publicación integra en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y una vez transcurrido el periodo de exposición publica.

A) Modificación de las Tasas Municipales siguientes:

1. Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

2. Ordenanza Fiscal reguladora del Impuestos sobre construcciones, instalaciones u obras.

3. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de Alcantarillado.

4. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de suministro domiciliario de agua potable.

5. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por depuración de vertidos.

6. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa cementerio municipal.

7. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.

8. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por visitas a los museos municipales.

9. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía publica para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

10. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de mercados municipales.

11. Ordenanza Fiscal reguladora de apertura establecimientos .

B) Derogación de las Tasas Municipales siguientes:

1. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la via publica con vertidos y desagüe de canalones.

2. Ordenanza Fiscal reguladora de la utilización columnas, carteles y otras instalaciones análogas para exhibición anuncios.

3. Ordenanza Fiscal reguladora de estacionamiento de vehículos tracción mecánica en vías publicas municipales.  

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de las Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dicho expediente se expone al publico mediante anuncio en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de esta Provincia y en el Diario de Córdoba, durante el plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. 

En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional y se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia el texto íntegro de las imposiciones y modificaciones aprobadas. 

Baena, 28 de octubre 2011.- La Alcaldesa, firma ilegible.

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