Boletín nº 216 (11-11-2011)
V. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 9.684/2011
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el 20 de octubre de 2011, ha adoptado, entre otros, el inicio de expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la obra Refuerzo de firme y mejora de la Seguridad Vial en la CO-8202 desde la A-339 a Sileras en el T.M. de Almedinilla, incluida en el Plan Provincial de Obras y Servicios y Red Viaria provincial 2009, Plan aprobado en la sesión ordinaria del Pleno de la Diputación de Córdoba celebrada el día 18 de marzo de 2009.
En el mencionado acuerdo de 20 de octubre de 2011 se acordó el inicio del expediente de expropiación forzosa por procedimiento de urgencia de las parcelas 50 del polígono 23, y 175 y 259 del polígono 6 del T.M. de Almedinilla, afectadas por la obra arriba indicada, y en consecuencia, se declaró la urgente ocupación de los siguientes bienes y derechos:
Término Municipal |
Polig |
Parc |
Titular |
Aprovechamiento |
Superficie a ocupar |
Hora citación |
|
23 |
50 |
Hrds Fernando Ariza García |
Olivos secano |
579 m2 |
10:30 h. |
ALMEDINILLA |
6 |
175 |
José Ruiz Merino |
Agrario (Pastos) |
907 m2 |
10:45 h. |
|
6 |
259 |
José Ruiz Merino |
Agrario |
5.143 m2 |
10:45 h. |
A los efectos de lo previsto en el art. 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, por el presente se le comunica que el día 25 de noviembre de 2011 en el horario arriba indicado, se va a proceder a levantar el acta previa a la ocupación de los citados bienes, indicándole asimismo que se han enviado los correspondientes anuncios para su publicación al tablón de anuncios del ayuntamiento de Almedinilla y a un diario de ésta capital, concretándose en todos ellos el día y la hora para proceder al levantamiento del acta previa a la ocupación.
En el día y hora fijados se constituirán en el Ayuntamiento de Almedinilla, Plaza de la Constitución 1, C.P.14.812 Almedinilla (Córdoba), sin perjuicio de trasladarse a las fincas afectadas de dicho municipio, si se estimase, un representante de la Diputación Provincial, acompañado de un perito y del Alcalde o Concejal en quien delegue, y reunidos con los propietarios y demás interesados que concurran, levantarán un Acta en la que describirán los bienes a expropiar y en la que se harán constar todas las manifestaciones y datos que aporten unos y otros según lo establecido en el art. 52.3 de L.E.F.
Córdoba 2 de noviembre de 2011.- La Presidenta, Mª Luisa Ceballos Casas.