Boletín nº 226 (25-11-2011)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 9.688/2011

Por Decreto de la Sra. Presidenta de esta Diputación Provincial de Córdoba se hace público el siguiente tenor literal:

Sobre ampliación del plazo de ejecución solicitado por el Ayuntamiento de Alcaracejos, beneficiario de la asistencia económica contemplada en la Convocatoria Anual de Acción Concertada (2011).

Por parte de la mencionada Entidad Local, se ha recibido en el registro de esta Diputación Provincial, con fecha 21 de octubre de 2011, la solicitud de ampliación del plazo para la ejecución de las actividades a desarrollar en el siguiente Proyecto:

Beneficiario

Nº Expediente

Título Proyecto

Plazo de ampliación solicitado para la ejecución

Ayuntamiento de Alcaracejos

C110HIG.0014

LÍNEA H. CONVOCATORIA ACCIÓN CONCERTADA 2011 IGUALMENTE ALCARACEJOS 2011

Sin especificar

Justificación del aplazamiento: Motivos derivados de la constitución de la nueva Corporación y asignación de las delegaciones y competencias.

De conformidad con lo dispuesto en la estipulación segunda del Convenio Específico de Acción Concertada y en el art. 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP y PAC), al que remite el art. 70 del Reglamento de la Ley de Subvenciones (RS), la Diputación Provincial, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros, notificándose a los interesados, debiendo producirse la decisión sobre dicha ampliación, antes del vencimiento del plazo de que se trate, sin que pueda ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.

A la vista de la normativa reguladora del procedimiento de concesión de subvenciones, y del informe emitido por la técnica del órgano gestor que se incorpora al expediente sobre la procedencia o no, de la solicitud:

Dispongo

Que en el uso de las atribuciones que me confiere el artículo 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, aprobado por R.D. 2.568/1986, de 28 de noviembre, y en los términos previstos en el art. 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente Decreto vengo en resolver lo siguiente:

Avocar la delegación en la Junta de Gobierno de la competencia relativa a la aprobación de ampliación de plazo de la Convocatoria de Ayudas del Programa de Acción Concertada con los Municipios de la Provincia de Córdoba (2011) y para el expediente que nos ocupa. La motivación de dicha avocación estriba en que según establece la estipulación segunda del Convenio Específico de Acción Concertada y en el art. 49 LRJAP y PAC (al que remite el art. 70 RS), ya citado, la decisión sobre dicha ampliación debe producirse, antes del vencimiento del plazo de que se trate, sin que pueda ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. A la fecha actual, no se tiene previsto realizar una nueva Junta de Gobierno en el mes de octubre del corriente, finalizando el plazo para resolver el 31 de octubre de 2011, de acuerdo al contenido de la memoria presentada por el solicitante y aprobada por la Diputación Provincial.

Por todo lo cual se aprueba la ampliación del plazo por el máximo legal permitido, equivalente a dos meses contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución, no excediendo el mismo de la mitad del inicialmente aprobado en la memoria presentada y para el siguiente proyecto:

Beneficiario

Nº Expediente

Título Proyecto

Plazo de justificación

Ayuntamiento de Alcaracejos

C110HIG.0014

LÍNEA H. CONVOCATORIA ACCIÓN CONCERTADA 2011 IGUALMENTE ALCARACEJOS 2011

Hasta el 31/03/2012

Notifíquese la presente resolución a la Entidad Local relacionada en el apartado anterior otorgando las reclamaciones pertinentes en derecho. Lo que firmo electrónicamente en la fecha indicada.

Córdoba, 8 de noviembre de 2011.- La Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad