Boletín nº 226 (25-11-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Espiel
Nº. 9.701/2011
Don José Antonio Fernández Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Espiel (Córdoba), hace saber:
Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de fecha 08/09/2011 relativo a la Aprobación Provisional de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, publicado en el BOP de la Provincia de Córdoba número 186 de fecha 28/09/2011, anuncio 8143/201 el mismo se entiende definitivamente aprobado en los términos del artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente acuerdo, en los términos del artículo 19.1 del texto citado, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos que estable la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; asimismo la entrada en vigor lo será en virtud del acuerdo Plenario, a partir del 01/01/2012 previa publicación del texto integro de la modificación en el BOP de la Provincia de Córdoba.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Espiel a 8 de noviembre de 2011.- El Alcalde, José Antonio Fernández Romero.
ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
Modificación artículo 4º:
3. El tipo de gravamen será:
- Con carácter general hasta Presupuestos de 60.000,00 € el 2,1%.
- Presupuestos desde 60.001,00 € en adelante el 2,5%.
- En rehabilitación de fachadas (picado y pinturas) el 1,5 %.