Boletín nº 227 (28-11-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba
Nº. 10.147/2011
Doña Josefa Soto Murillo, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), hago saber:
Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2011 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 197 de fecha 14/10/2011, nº anuncio 8.876, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra los mismos Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
A continuación se insertan los textos íntegros de las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.
Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Artículo 9.- Cuota tributaria, tipo de gravamen y recargo.
3. Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes:
- Bienes Inmuebles de naturaleza urbana: 040 por 100.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Villaviciosa de Córdoba, a 22 de noviembre de 2011.- La Alcaldesa-Presidenta, Fdo. Josefa Soto Murillo.