Boletín nº 229 (30-11-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2
Córdoba

Nº. 9.409/2011

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA) se hace público la interposición y admisión a trámite del recurso contencioso administrativo que a continuación se indica:

Número del recurso: 468/2011.

Fecha de interposición: 26/09/2011.

Recurrente: Francisca Serrano Giménez.

Administración autora de la actuación impugnada: Agencia Andaluza del Agua. Consejería de Medio Ambiente.

Actuación impugnada: Resolución 7/7/2011. Expte.: 117/09-CB.

Habiéndose dictado Decreto de fecha 20/10/11, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Se admite a trámite el Recurso interpuesto por el Letrado D. E. Javier Vargas Cabrera, en nombre y representación de Dª Francisca Serrano Giménez contra la resolución de fecha 07-07-2011 de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en expediente N 117/09-CB.

A tenor de lo preceptuado en el art. 45.3 LJCA, previo examen de la jurisdicción y de la competencia, se admite a trámite la demanda, con traslado de la copia de esta y de los documentos presentados por el actor, a la Administración demandada.

A tenor del art. 48 de la LJCA, requiérase a la Administración demandada para que remita el expediente administrativo relativo a la actuación administrativa impugnada en el plazo improrrogable de veinte días, requiriéndole igualmente a fin de que practique los emplazamientos previstos en el art. 49 LJCA, caso de existir interesados en el expediente, para que éstos puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

Efectuados los emplazamientos se enviará el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento o emplazamientos efectuados, salvo que no hubieran podido practicarse dentro del plazo fijado para la remisión del expediente, en cuyo caso éste se enviará sin demora, y la justificación de los emplazamientos una vez se ultimen.

El expediente, original o copiado, se enviará completo foliado y, en su caso, autentificado, acompañado de un índice, asimismo autentificado, de los documentos que contenga.

Conforme a lo solicitado mediante otro sí, fórmese pieza separada de medidas cautelares, que se registrará con el nº 88.1/11 y se encabezará con el testimonio de la presente resolución, y de todo lo necesario, donde se resolverá.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Reposición en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a su notificación.

Así lo acuerdo y firmo, Soledad Valverde Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Córdoba. Doy fe.

Y a fin de que sirva de emplazamiento a los posibles interesados para que puedan personarse en las actuaciones en término de 15 días a partir de su publicación, expido el presente, en Córdoba, a 20 de octubre de 2011.- La Secretario Judicial, firma ilegible.

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