Boletín nº 230 (01-12-2011)
V. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 10.223/2011
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el 22 de septiembre de 2011, ha adoptado, el acuerdo, rectificado por error material en sesión de fecha 17 de noviembre de 2011, entre otros, el inicio de expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la obra Reparación daños por temporales en la CO-7204 De A-333 en el Cañuelo (Priego) a CO-7202, en el Término Municipal de Priego de Córdoba, acogida a la Orden TER/1005/2010, de 22 de abril, e incluida en el Plan de Obras de Reparación de la Red Viaria local por las Inundaciones de 2010, aprobado por Pleno de la Corporación el 30 de julio de 2010.
En dicho acuerdo se establece el inicio del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia de los siguientes bienes y derechos:
Término Municipal |
Polig |
Parc |
Titular |
Cultivo |
Superficie aocupar |
Nº olivos afectados |
Superficie Explotación Temporal |
Hora C itación |
Lugar Citación |
Luque |
7 |
42 |
Herederos de Trinidad Lozano Fuentes |
O |
1.546/m2 |
11 olivos |
----------- |
09:30 h. |
Ayto. de Luque |
Luque |
7 |
41 |
Cristóbal Ortiz de Galisteo Lozano |
O |
1.022/m2 |
8 olivos |
3.840/m2 |
09:45 h. |
Ayto. de Luque |
Priego de Córdoba |
3 |
123 |
Pedro Jiménez Moneo |
Agrario |
8.180/m2 |
7 olivos |
------------ |
11:30 h. |
Ayto. de Priego de Córdoba |
A los efectos de lo previsto en el art. 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, por el presente se comunica que el día 16 de diciembre de 2011, a las 09:30 horas, 09:45 horas en el Ayuntamiento de Luque, y 11:30 horas en el Ayuntamiento de Priego de Córdoba respectivamente, se va a proceder a levantar actas previas a la ocupación de los citados bienes, indicando asimismo que se han enviado además los correspondientes anuncios para su publicación en los tablones oficiales de edictos del Ayuntamiento de Luque y Priego de Córdoba, y a un diario de la capital de la provincia concretándose en todos ellos el día y la hora para proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación.
En el día y hora fijados se constituirán en el Ayuntamiento de Luque (Plaza de España s/n; C.P. 14880 Luque (Córdoba)) y Priego de Córdoba (Plaza de la Constitución núm. 3, C.P. 14.800 Priego de Córdoba (Córdoba)), sin perjuicio de trasladarse a las fincas afectadas de dicho municipio, si se estimase, un representante de la Diputación Provincial, acompañado de un perito y del Alcalde o Concejal en quien delegue, y reunidos con los propietarios y demás interesados que concurran, levantarán un Acta en la que describirán los bienes a expropiar y en la que se harán constar todas las manifestaciones y datos que aporten unos y otros según lo establecido en el art. 52.3 de L.E.F.
Lo que le comunico para su conocimiento y a los efectos de que se personen el día y a la hora indicados los afectados arriba indicados.
Córdoba 17 de noviembre de 2011.- La Presidenta, Fdo. Mª Luisa Ceballos Casas.