Boletín nº 230 (01-12-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 5
Córdoba

Nº. 9.937/2011

Don Diego Díaz Delgado, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 5 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas Rápido número 23/11 se ha dictado la presente Sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Que debo condenar y condeno a Manuel Martín Siles como autor de la falta de hurto en grado de tentativa prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de un mes multa a razón de 5 euros cuota día multa hace un total de 150 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y pago de las costas procesales causadas. Hágase entrega definitiva de las dos botellas al establecimiento.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el artículo 221 de la L.E.Cr., autorizado con firma de Letrado, ante este Juzgado y dentro del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firme y ejecutoria.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Manuel Martín Siles, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 10 de noviembre de 2011.- El Secretario, firma ilegible.

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