Boletín nº 234 (09-12-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 10.521/2011
Adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de fecha 24 de noviembre de 2011, acuerdo de aprobación provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Piscina y de Instalaciones Deportivas Municipales, el expediente de citado Reglamento se expone al público por periodo de treinta días, a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de que los interesados que estén legitimados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas ante el Pleno de la Corporación, todo ello en los términos de los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
En el caso de no registrarse reclamación o alegación alguna en el plazo indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo de modificación del Reglamento hasta entonces provisional.
Bujalance, 30 de noviembre de 2011.- El Alcalde, Francisco Mestanza León.