Boletín nº 236 (13-12-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 3.417/2011

El Sr. Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río ha dictado el Decreto nº 727/2011, de 25 de marzo, relativo a la aprobación inicial de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación que habrá de constituirse para la Gestión de la Unidad de Ejecución nº1 del Plan Parcial del SUS/NE-1 Noreste-1 del PGOU de esta ciudad denominada UE PP SUS/NE-1.1. El Pandero, del PGOU de esta ciudad, cuyo texto literal es el siguiente:

Decreto 727/2011.- De Aprobación Inicial de Estatutos y Bases de Actuación que habrá de regir la constitucíón de la Junta de Compensación para la Gestión de la Unidad de Ejecución 1 del Plan Parcial SUS/NE-1 del PGOU de esta ciudad denominada UE PP SUS/NE-1.1. El Pandero.

Vistos los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación presentados a tramitación por la entidad Ecourbe Gestión, S.L. para la Gestión de la Unidad de Ejecución nº1 del Plan Parcial del SUS/NE-1 Noreste-1 del PGOU de esta ciudad denominada UE PP SUS/NE-1.1. El Pandero.

Visto que por Decreto 733/2010, de 15 de marzo de 2010, se acordó por el Sr. Alcalde-Presidente, aprobar inicialmente el Plan Parcial del Sector SUS/NE-1 Noreste 1, promovido por Ecourbe Gestión S.L., que desarrolla, mediante la ordenación detallada y completa, las determinaciones del PGOU, de acuerdo con los objetivos y criterios de ordenación fijados en la correspondiente ficha, y en cuyo artículo 8 "Gestión Urbanística" de las Normas Urbanística se prevé:

"El ámbito del sector objeto de ordenación se desarrollará mediante dos Unidades de Ejecución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo correspondiente de la memoria de ordenación".

El sistema de actuación que se establece para las Unidades de Ejecución delimitada es el Sistema de Compensación".

En el apartado 3.8 de la Memoria de Ordenación del citado Plan rotulado Determinaciones de Gestión se prevé que conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 18 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y art. 8.13 dentro del apartado de Instrumentos de Gestión de las Normas Urbanísticas del PGOU de Palma del Río, se proponen 2 Unidades de Ejecución, de acuerdo con el plano correspondiente, y cuyos datos generares son:

- UE1 denominada SUS.NE-1.1: 62.904,99 metros cuadrados, a la que se le adscriben 11.040 metros cuadrados del Sistema General SGEQ/1/11.

- 2 denominada SUS.NE-1.2: 20.351,01 metros cuadrados.

Visto que los Estatutos y Bases de Actuación de la UE PP SUS/NE-1.1. El Pandero, han sido presentados por los propietarios del sector que se relacionan en el Documento Nº 4 que se adjunta a los proyectos de Estatutos y Bases, que representan un 66,31 % de la citada, más del 50% de los terrenos incluidos en el ámbito de actuación.

Visto el informe jurídico, emitido al efecto, en sentido favorable en cuanto al contenido de los Estatutos y Bases de Actuación se refiere, así como en cuanto al procedimiento a seguir para su aprobación y posterior constitución de la Junta de Compensación que habrá de gestionar la UE PP SUS/NE-1.1. El Pandero.

Vistos los artículos 129 y siguientes de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Vistos los artículos 166 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística que seguirán aplicándose, de forma supletoria, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Novena de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, mientras no se produzca su desplazamiento por el desarrollo reglamentario al que se refiere la Disposición Final Única del citado texto legal.

Visto el Artículo 14.2.i) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud del cual corresponde a los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, la custodia del Registro de Entidades Urbanísticas colaboradoras, así como la autorización de las inscripciones que correspondan al mismo; y

En el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre,

He resuelto:

Primero.- Aprobar inicialmente los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación que habrá de constituirse para la Gestión de la Unidad de Ejecución nº1 del Plan Parcial del SUS/NE-1 Noreste-1 del PGOU de esta ciudad denominada UE PP SUS/NE-1.1. El Pandero.

Segundo.- Someter los proyectos de Estatutos y Bases de Actuación a información pública durante el plazo de 15 días, mediante inserción de Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Tercero.- Notificar la presente resolución, de forma individualizada, a todos los propietarios afectados por el sistema de actuación, debiendo hacerse mención en la notificación del Boletín Oficial en el que se inserte el aludido Anuncio.

Cuarto.- Continuar la tramitación del expediente de conformidad con lo preceptuado en los artículos 161 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística.

Lo que se hace público en virtud de lo dispuesto en el artículo 161.3 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3.288/1978, de 25 de agosto, para que en el plazo de 15 días puedan formularse alegaciones conforme preceptúa el artículo 162.2 del citado Reglamento.

Durante el período de información pública los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación que habrá de constituirse para la gestión del Sector SUS/AL-1.2 La Algaba del PGOU de esta ciudad, se hallarán de manifiesto en la Asesoría Jurídica de Urbanismo de este Iltre. Ayuntamiento a disposición de los interesados.

Palma del Río a 25 de marzo de 2011.- El Segundo Teniente de Alcalde, p.d. del Sr. Alcalde-Presidente, Francisco J. Domínguez Peso.

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