Boletín nº 239 (16-12-2011)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 2
Córdoba

Nº. 10.345/2011

Doña Belén Parra Heras, Secretario del Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 633/2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En la ciudad de Córdoba, a 13 de julio de 2011.

Vistos por el Iltmo. Sr. D. Arturo Vicente Rueda, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Córdoba, los autos de Juicio de Faltas registrados con el nº 633/2010 sobre falta de lesiones; en los que ha sido parte, el Ministerio Fiscal, en ejercicio y representación de la acción pública; Rafael Cano Osuna, como denunciante, y Heber Costa de Oliveira, como denunciado.

Que debo condenar y condeno a Heber Costa de Oliveira como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones, ya definida, a la pena de un mes de multa con cuota diaria de 7 euros con responsabilidad personal subsidiaria en los términos del art. 53 del mismo Código, y al abono de las costas del procedimiento; así como a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice al perjudicado, Rafael Cano Osuna, en la cantidad de 80 euros.

Líbrese certificación de esta Sentencia para unirla a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer, en el plazo de cinco días, Recurso de Apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Córdoba.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Rafael Cano Osuna, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Córdoba a 21 de noviembre de 2011.- La Secretario, firma ilegible.

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