Boletín nº 240 (19-12-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Cardeña
Nº. 10.396/2011
Teniendo conocimiento, por la familia que le acogía, de que Manuel Roldán Blanco, DNI 31.002.418-M, que figura empadronado en Calle Conde Robledo, núm. 50 de Cardeña (Córdoba), ha dejado voluntariamente el domicilio en el que figura empadronado, desconociéndose si ha solicitado el alta en el Padrón Municipal de Habitantes de otro municipio, al no haber recibido este Ayuntamiento comunicación alguna, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de Baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento.
No siendo posible practicarle notificación alguna, se proceda a realizarla a través del presente Anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Durante el plazo de quince días, contados desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, el interesado podrá presentar, en este Ayuntamiento, los documentos justificativos que estime pertinentes.
Transcurrido dicho plazo sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de Baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo establecido en el apartado II-1-c.2 de la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.
Cardeña a 28 de noviembre de 2011.- La Alcaldesa, María Trinidad Moreno Moreno.