Boletín nº 242 (21-12-2011)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 10.777/2011

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de 31 de octubre de 2011, sobre expediente de modificación de crédito número 1/2011, del Presupuesto del I.M.S.C., en la modalidad de Suplemento de Crédito, cuyo resumen es el siguiente:

- Partida del Presupuesto de Gastos a la que afecta el expediente:

Partida.- Créditos iniciales.- Aumento.- Crédito total consignado.

233.0.227.99; 1.448.070,00 €; 72.197,13 €; 1.520.267,13 €.

- Medios o recursos que han de financiar la Modificación de Crédito:

Remanente Líquido de Tesorería, deducido de la Liquidación del Presupuesto del I.M.S.C. del ejercicio 2010; y que se imputará a la aplicación 870.01 del Estado de Ingresos del Presupuesto de dicho Organismo Autónomo para el corriente ejercicio de 2011.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o Acuerdo impugnado.

Puente Genil, 13 de diciembre de 2011.- El Alcalde, Esteban Morales Sánchez.

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