Boletín nº 245 (27-12-2011)

V. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río

Nº. 10.811/2011

Anuncio de aprobación definitiva de transferencia de créditos entre distintas Áreas de Gasto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de la Junta Vecinal de aprobación inicial de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, adoptado en fecha 29 de septiembre de 2011, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hizo público en el anuncio de aprobación inicial inserto en el Boletín de la Provincia de Córdoba nº 229, de fecha 30 de noviembre de 2011.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,rReguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Ochavillo del Río, a 15 de diciembre de 2011.- El Presidente de la ELA, Antonio Mengual Castell.

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