Boletín nº 246 (28-12-2011)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 4
Córdoba
Nº. 10.618/2011
Doña Carmen de Troya Calatayud, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 4 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas nº 253/2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
El Sr. D. José Luis Rodríguez Lainz, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción número 4 de los de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal de Faltas, seguido bajo el número253/2011, sobre , en los que son parte el Ministerio Fiscal, y como denunciantes D. Alejandro Sánchez Aroca y Dª. María del Carmen González Moreno; y como denunciado D. Liviu Puica.
Fallo
Que debo absolver y absuelvo libremente a D. Liviu Puica de los hechos que se le imputan en esta causa, con declaración de oficio de las costas causadas en esta instancia, con expresa reserva de acciones civiles.
Procédase a dar el destino legal a los efectos intervenidos, haciéndose entrega de los mismos a quienes aparezcan como sus legítimos propietarios, dándoseles el destino legal para el caso de no ser habidos o reclamados.
Publíquese la sentencia, llevándose el original al Libro de sentencias y dejando testimonio literal en las presentes actuaciones, la cual se notificará a las partes instruyéndoles de que contra la misma cabe Recurso de Apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, el cual deberá interponerse mediante escrito motivado en la forma a que se refiere el art. 976.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el improrrogable término de cinco días, a contar desde la fecha de notificación de la sentencia.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Liviu Puica, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 1 de diciembre de 2011.- La Secretario, firma ilegible.