Boletín nº 246 (28-12-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Baena
Nº. 10.678/2011
Con esta misma fecha el Sr. Delegado de Urbanismo ha dictado el siguiente:
"Decreto
Vistas las actuaciones practicadas en el expediente de referencia y,
Resultando: Que por Decreto de esta Alcaldía de fecha 10 de octubre de 2011, se procedió a declarar el estado de ruina del inmueble ubicado en C/ Cardenal Herranz Casado nº 20, de esta localidad, ordenando a la propiedad, que procediese en un plazo no superior a quince días a al total demolición del inmueble, con la advertencia de que de no llevarse a cabo lo ordenado en plazo se realizaría subsidiariamente por este Ayuntamiento a su costa, ascendiendo en principio el presupuesto de las obras de demolición del inmueble a 6.469,29€ según informe de los Servicios Técnicos Municipales de 6 de junio de 2011. El referido Decreto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia mediante anuncio nº 9.120/2011 de fecha 3 de noviembre de 2011, así como en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.
Resultando: Que transcurrido el plazo concedido para que por la propiedad se realizase voluntariamente lo ordenado, y comprobado por el vigilante municipal de obras que no ha sido ejecutado ningún tipo de obra en el inmueble nº 20 de la C/ Cardenal Herranz Casado por lo que la construcción se encuentra en situación similar a la recogida en el informe de 6 de junio de 2011.
Considerando: Lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística, y artículos 95 y 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Alcaldía, a la vista de los antecedentes y fundamentos expuesto, en uso de las atribuciones que me confiere la vigente legislación,
Resuelvo:
Primero: Disponer la realización por ejecución subsidiaria de las obras de demolición del inmueble sito en C/ Cardenal Herranz Casado nº 20, así como aquellas otras necesarias con el fin de mantener las condiciones de estabilidad de los edificios colindantes, conforme al informe técnico y presupuesto de los Servicios Técnicos Municipales emitido con fecha 6 de junio de 2011 y bajo dirección técnica correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 98 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo: Procédase a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Municipal de Edictos, debiéndose dar traslado de la misma a la Unidad de Servicios de este Ayuntamiento para su ejecución o, en su defecto, se proceda a la contratación de las obras de forma inmediata.
En Baena, a 2 de diciembre de 2011. El Delegado de Urbanismo, P.D. Alcaldía 13/06/11. Fdo. José Andrés García Malagón.
Lo que se hace público en cumplimiento del art. 59 de la Ley 30/1992.
Baena, 2 de diciembre de 2011.- El Delegado de Urbanismo, p.d. Decreto Alcaldía 13/06/2011, José Andrés García Malagón.