Boletín nº 248 (30-12-2011)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Carcabuey
Nº. 11.057/2011
Conforme determina el artículo 17.4. del R.D.L. 2/2004, que aprueba el TRLRHL, el acuerdo provisional de aprobación de las Ordenanzas fiscales para 2.012, elevado automáticamente a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el período de exposición, se procede a la publicación de las modificaciones que se concretan en las siguientes:
Ordenanza sobre Bienes Inmuebles:
IBI Urbana: 0,6200
IVTM:
Autobuses Camiones Tractores Remolques. 1,332497
Ciclomotores y motocicletas hasta 125 c.c. 1,440944
Resto motocicletas. 1,439871
Tasa Ocupación Terrenos:
M2/día. 0,35
Regulación corte calles:
De una a tres horas: 5,00
De tres a seis horas: 10,00
Día completo. 20,00
Mesas y sillas:
Día/mesa. Convenio. 0,30
Cementerio:
Concesión de nichos hasta 99 años.
Manzana San Joaquín Las Angustias
Alturas 1ª - 2ª y 3ª: 600,00
Altura 4ª: 500,00
Resto manzanas:
Alturas 2ª y 3ª: 600,00
Alturas 1ª y 4ª: 500,00
Concesión de nichos hasta 5 años.
Manzana San Joaquín Las Angustias
Alturas 1ª - 2ª y 3ª: 203,00
Altura 4ª: 166,00
Resto manzanas:
Alturas 2ª y 3ª: 203,00
Alturas 1ª y 4ª: 166,00
Piscina:
Abono familiar temporada.
Cualquiera que sea el nº de miembros: 131,00
Tarjeta individual.
15 baños infantiles menores 16 años: 23,50
30 baños mayores 16 años: 65,00
30 baños infantiles menores 16 años: 39,50
Tarjeta individual temporada.
Hasta 16 años: 52,00
Tasas por cursos piscina.
Otros. Máximo. Sin abono: 1,25 hora
Con abono: 0,90 hora
Mercado
Puesto fijo y día: 2,80
Puesto ambulante diario: 4,80
No abierto venta al público: 1,10
Instalaciones de puestos, barracas, casetas de venta, etc. situados en terrenos de uso público local, industrias callejeras...
a) Feria Real: Autoliquidación quedando las normas que cada año el Ayuntamiento apruebe en relación con la Feria Real.
b) Mercadillo Ambulante:
La tasa a satisfacer se abonará por períodos mensuales, en la quincena inmediatamente anterior al inicio de cada uno de ellos y conforme a las tarifas siguientes:
Zona A.
Puestos de hasta 4 m.: 6,80 euros/día
Puestos de hasta 6 m.: 7,35 euros/día
Puestos de hasta 8 m.: 7,88 euros/día
Zona B.
Puestos de hasta 4 m.: 6,30 euros/día
Puestos de hasta 6 m.: 6,65 euros/día
Puestos de hasta 8 m.: 7,38 euros/día
Zona C.
Puestos de hasta 4 m.: 5,80 euros/día
Puestos de hasta 6 m.: 6,35 euros/día
Puestos de hasta 8 m.: 6,88 euros/día
Zona D.
Puestos de hasta 4 m.: 4,80 euros/día
Puestos de hasta 6 m.: 5,35 euros/día
Puestos de hasta 8 m.: 5,88 euros/día
c) Quioscos destinados a la venta de prensa, bebidas, frutos secos, caramelos y similares, helados, loterías, etc.: Por m2 ó fracción: 40,00 €/año.
d) Por la ocupación de la vía pública con puestos ambulantes esporádicos de cualquier tipo, se cobrará por la Policía Local, extendiendo el correspondiente recibo, por la cantidad de 1,80 € el metro lineal o fracción (con un mínimo de 4,80 €) al día.
De conformidad con lo que fija el artículo 19 del precepto reseñado, los interesados podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Carcabuey, 22 de diciembre del 2011.- El Alcalde, Antonio Osuna Ropero.