Boletín nº 22 (02-02-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Obejo

Nº. 504/2012

Por medio de la presente se pone en conocimiento que por esta Alcaldía con fecha 11/07/2011 se ha adoptado la Resolución nº 142 que literalmente dice lo siguiente:

A la vista del acuerdo plenario favorable adoptado el pasado día 7 de julio del corriente año, relativo a la creación de la Junta de Gobierno Local.

En uso de las facultades que me otorgan los artículos 21.3 y 23.2 letra b) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, artículos 43.1 y 2 del R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, por la presente,

He resuelto:

Primero.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias atribuidas a la Alcaldía:

1.- Otorgamiento de licencias urbanísticas.

2.- Resolución de expedientes de declaración de caducidad de licencias.

3.- Resolución de expedientes disciplinarios y sancionadores.

4.- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

5.- Aprobación de los proyectos de obras, cuando en razón de la cuantía su adjudicación le corresponda, en función de lo previsto por las Bases de Ejecución del Presupuesto del ejercicio.

6.- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto anual, disponiendo gastos dentro de los límites de su competencia establecidos por las Bases de Ejecución del Presupuesto en vigor.

7.- Concesión de subvenciones, en las cuantías fijadas por las Bases de Ejecución del Presupuesto.

8.- Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno y aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para la provisión de los puestos de trabajo.

9.- Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios y apercibir y suspender preventivamente a toda clase de personal.

10.- Las contrataciones y concesiones de toda clase en las cuantías contempladas por las Bases de Ejecución del Presupuesto, en todo caso con el límite del 10% de los recursos ordinarios; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere el porcentaje indicado referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio.

11.- La adquisición de bienes y derechos en las cuantías establecidas por las Bases de Ejecución del Presupuesto y en todo caso sin superar el 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto.

12.- La enajenación del patrimonio cuando la valoración del bien se encuentre dentro de las cuantías establecidas en la Norma de Ejecución Presupuestaria, siempre y cuando no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, y en todo caso cuando se halle prevista en la Presupuesto.

13.- Resolución de expedientes sancionadores por infracción de Ordenanzas Municipales.

14.- Solicitud de subvenciones o ayudas económicas a otras entidades y organismos públicos y privados, cuando la asunción de los compromisos u obligaciones para el Ayuntamiento derivados de la concesión de aquellas correspondan a la Alcaldía.

Segundo.- El ámbito temporal de esta delegación se circunscribe al período de mandato de la actual Corporación, sin perjuicio de que antes de finalizar este período y previo el cumplimiento de los requisitos formales se modifique o revoque esta delegación.

Tercero.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de Obejo en la primera sesión que éste celebre y publicar el contenido del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuarto.- El presente Decreto será efectivo desde el día siguiente al de su fecha.

Obejo, 11 de julio de 2011.- El Alcalde, Fdo. Luis Sánchez Marín.- Ante mí: La Secretaria, Fdo. Melania Segura Martínez.

Lo que se hace publico para general conocimiento en Obejo a 16 de enero de 2012.- El Alcalde, Fdo. Luis Sánchez Marín.

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