Boletín nº 27 (09-02-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Cañete de las Torres
Nº. 665/2012
Instruido el correspondiente expediente para declarar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no han renovado su inscripción, transcurridos dos años desde su fecha de alta en el Padrón o desde la fecha de la última renovación expresa, y al no poderse llevar a cabo la notificación de dicho procedimiento incoado a doña Roquelina Leguizamon de Bordón, con Tarjeta de Residencia nº Y-01417508-D, en su último domicilio conocido, y a los efectos de la revisión periódica fijada en el artículo 16.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, se ha resuelto por la Alcaldía, proceder a la baja por caducidad de su inscripción padronal.
Dicha baja tendrá efecto a partir de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace público a los efectos reglamentarios, haciéndole saber al interesado que contra la citada Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Alcaldía, en el plazo de un mes, como previo al contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la citada Jurisdicción, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante podrá interponer cualquier otro recurso, si así lo estima oportuno y conveniente.
Cañete de las Torres, 18 de enero de 2012.- El Alcalde, Fdo. Félix Romero Carrillo.