Boletín nº 27 (09-02-2012)
VII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Lucena
Nº. 677/2012
Intentada la práctica de la notificación dirigida a Antonio Porras Cortés, y no habiéndose podido llevar a cabo ésta en el último domicilio conocido (c/ Lepanto, 151 6º 1 de Barcelona) e ignorándose el domicilio actual, de conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública dicha Notificación:
El Sr. Vicepresidente de esta Gerencia Municipal de Urbanismo de Lucena ha dictado, con fecha 13 de diciembre de 2011, el siguiente:
DECRETO
El sr. Arquitecto Técnico de esta Gerencia de Urbanismo de Lucena ha emitido informe del siguiente tenor literal:
"INFORME TÉCNICO PARA EXPEDIENTE DE ORDEN DE EJECUCIÓN
(Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, art. 158)
Requerimiento: Coordinador de la APAL GMU de fecha 28/10/2.011.
Nº Expediente: D-2011-027.
Objeto del informe: Orden de Ejecución en Edificación.
Emplazamiento: C/ Fuensanta, 20. (Catastro C / La Fuensanta, 10). 14900 Lucena).
Referencia catastral: 8919940UG6491N0001PL. (Ver Dorso).
Titular aportado: Antonio Porras Cortes.
Fomicilio aportado: C/ Lepanto, 151, 6º - 1. 08013 - Barcelona.
1.- NORMATIVA URBANÍSTICA Y ORDENANZA/S MUNICIPAL/ES DE APLICACIÓN.
- Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Lucena, (en adelante TRPGOU), aprobado definitivamente el día 26 de abril de 2001. Adaptación parcial a la LOUA del TRPGOU, aprobado definitivamente el día 16 de febrero de 2009.
* Clasificación, categoría y calificación del suelo: Clasificación y categoría: Suelo Urbano Consolidado.
Calificación: Uso característico Residencial.
* Normas de procedimiento: Titulo VI: Normas de procedimiento. Capítulo 4. Art. 277. Deber de conservación de las edificaciones y ordenes de ejecución de obras y ruina.
- Ordenanza Municipal de Higiene Urbana, de 7 de junio de 2007. Art. 53. Solares y viviendas deshabitadas.
2. ACTOS ADMINISTRATIVOS PREVIOS.
- Incoación del expediente de disciplina a instancias del servicio auxiliar de vigilancia de esta GMU mediante informe fotográfico que adjuntamos.
3. DESCRIPCIÓN DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL INMUEBLE.
- El inmueble objeto de este informe no está deshabitado pero no hemos podido acceder al mismo y concluir sobre el estado de seguridad global del edificio. En consecuencia, no se puede valorar sí el coste de las reparaciones superan el deber normal de conservación según los art. 155.3) y 157 de la LOUA y declaración de ruina en su caso.
- De la visita de inspección y de la documentación aportada el estado de conservación del edificio se resume en:
- Situación de seguridad: Desprendimiento de tejas del alero a la vía pública. Previsible desprendimiento de de revestimiento de las fachadas laterales.
- Situación de ornato, higiene y salubridad: No se aprecia.
4. CONCLUSIÓN.
- Dado que la situación de la edificación no ofrece garantías de seguridad se propone se lleven a cabo las siguientes actuaciones, sin perjuicio de que con posterioridad, y en el transcurso del expediente una vez se facilite la entrada al mismo, se estime que sobreviene la necesidad de adoptar otras:
1. La propiedad deberá comunicar en caso de existir usuarios sobre el estado del inmueble.
2. Colocar medidas cautelares con vallado de contención de peatones, señalizado nocturnamente, que imposibiliten la circulación en el entorno del edificio separándose a 1/5 de la altura de la fachada. En caso de impedir el tráfico la medida cautelar se coordinará con la Policía Local.
3. Reparación de la/s fachada/s:picado, reposición y blanqueado de los revestimientos de los cerramientos laterales y reparación del alero de cubierta.
4. Las actuaciones anteriores se consideran de menor complejidad técnica, según el art. 18 del RDUA.
- El plazo de inicio de las medidas y actuaciones señaladas será de una semana, desde la notificación del presente. El plazo de ejecución será de dos semanas.
5. COSTE ECONÓMICO DE LAS ACTUACIONES NECESARIAS.
- El coste de las actuaciones señaladas asciende e la cantidad de 1.650,74 € según el desglose al dorso.
Desglose de la valoración:
- Para el cálculo del Presupuesto de Ejecución Material PEM se aplicarán los módulos de precios según Anexo III de la Ordenanza Fiscal para el cálculo del ICIO del Excmo. Ayuntamiento de Lucena y en su defecto banco de precios FCBP.
- Posteriormente se añadirán los gastos generales, el beneficio industrial e IVA para calcular el Presupuesto de Licitación de las obras en caso de ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento.
- Al presupuesto anterior se le suma finalmente el importe de los honorarios técnicos, en su caso, ICIO y tasas municipales para el cálculo del Coste total de las actuaciones propuestas.
Concepto |
Medición |
Precio |
Importe |
V1.- Coste medidas cautelares: valla, balizamiento, lámparas, etc. (ml). |
18,00 |
7,50 |
135,00 |
V2.- Coste reparación de alero/s; picado y reposición. (m2). |
8,50 |
89,67 |
762,20 |
V3.- Coste reparación revestimiento/s fachada/s: picado y reposición.(m2). |
8,00 |
23,98 |
191,84 |
V4.- Coste de pintura exterior.(m2). |
8,00 |
6,55 |
52,40 |
Presupuesto Pem |
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|
1.141,44 |
19% G.G. + B.I. |
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|
216,8 |