Boletín nº 30 (14-02-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 1.092/2012
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2012, acordó la derogación expresa de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
- Tasa por Expedición de Documentos Administrativos (aprobada que fue por el Pleno de la Corporación con fecha 26-10-2010).
- Tasa por Expedición de Documentos Administrativos de la Gerencia Municipal de Urbanismo (aprobada que fue por el Pleno de la Corporación con fecha 30-11-2010).
- Tasa por Expedición de Licencias a Vendedores Ambulantes (aprobada que fue por el Pleno de la Corporación con fecha 26-10-2010).
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública durante 30 días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOP, para la presentación de reclamaciones y sugerencias por parte de los interesados.
Si transcurrido dicho plazo, no se hubiese presentado reclamación o sugerencia alguna, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lucena, 9 de febrero de 2012.- El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.