Boletín nº 30 (14-02-2012)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
Córdoba

Nº. 759/2012

Resoluciones actas infracción

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre), hace saber a los interesa­dos relacionados que se han dictado resoluciones de expedientes administrativos de infracción que no han podido ser comunicadas por ausencia o ignorado paradero.

Los expedientes estarán de manifiesto en la Sección de Sanciones de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Avda. Conde de Vallellano, s/nº, 2º planta.

Al mismo tiempo se advierte del derecho que les asiste para interponer Recurso de Alzada, ante la autoridad que corresponda, en el plazo de un mes, a tenor de lo dispuesto en el artº 14 y sus concordantes de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el correspondiente recurso, las resoluciones serán remitidas para su cobro, en la forma legalmente establecida.

Nº acta.- Nombre/razón social.- Domicilio.- Localidad.- Importe.- Materia.- Órgano competente.

I142011000093011; Miguel Ángel Carrillo Merino; C/ Sevilla 84; Pozoblanco; 10.799,68€; Seguridad Social; (1)

Córdoba a 24 de enero de 2012.- El Secretario General de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Fdo. José Antonio Requena Gutiérrez.

(1) Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

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