Boletín nº 31 (15-02-2012)
VII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 1.157/2012
Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el art. 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se emplaza a
D. Rafael Aguilar Jiménez, en calidad de promotor.
Expediente: Nº 771/2007.
Localización: Ctra. CH-3, Junto Talleres Delgado.
Actuación a notificar: Subsanación de la Providencia de apertura de Periodo Probatorio.
Hechos: Construir casa de dos plantas, la primera de 80 m2 aprox. y la segunda abuhardillada de 25 m2 aprox., sin la preceptiva licencia municipal.
Sirva la presente publicación como notificación de la subsanación de la providencia de la apertura del periodo probatorio al haberse omitido la remisión de la citada providencia, por haber resultado la misma infructuosa.
Córdoba, 3 de febrero de 2012.- El Gerente, Fdo. Juan Luis Martínez Sánchez.