Boletín nº 34 (20-02-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Almodóvar del Río

Nº. 1.245/2012

Resolución Nº 113/12

De conformidad con las Instrucciones nº 7 y 8 de la Resolución de fecha 28 de abril de 2005, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años, y habiéndose realizado el correspondiente preaviso de caducidad, mediante notificación realizada al efecto, a la ciudadana de origen marroquí Dª Saida El Chabini Laktami, N.I.E. Nº X3950168-X sin haberse podido practicar en el último domicilio conocido

Y comprobada que al día de la fecha, no consta ninguna solicitud realizada por la interesada para la renovación de su inscripción padronal, en virtud de las facultades conferidas por la legislación vigente, por esta mi Resolución, dispongo:

Primero: Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón de habitantes de Dª Saida El Chabini Laktami, N.I.E. Nº X3950168-X por no haber renovado su inscripción desde el 31/01/2009.

Segundo: Acordar la baja definitiva por caducidad en el Padrón Municipal de Dª Saida El Chabini Laktami, N.I.E. Nº X3950168-X en el domicilio de Calle La Peña, número 54, procediéndose a la notificación de la presente Resolución a la interesada en los términos señalados en el artículo 58 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, determinándose como fecha efectiva de la baja la de publicación, de la presente Resolución, en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero: Consígnese esta Resolución en el Libro de Resoluciones, y en el expediente, y procédase a publicar anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cuarto: 4.º- Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses contados igualmente desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.

Dado en Almodóvar del Río, a 3 de febrero de 2012.- La Alcaldesa, Fdo. Mª Sierra Luque Calvillo.- Ante mí: La Secretaria, Fdo. Ángela Garrido Fernández.

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