Boletín nº 36 (22-02-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 1.081/2012

De conformidad con los arts. 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio, que habrá de ser expuesto en la página web de este Ayuntamiento, Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Puente Genil y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, se efectúa la notificación que a continuación se transcribe, a las personas y domicilios que igualmente se indican, ya que las anteriores notificaciones de los respectivos expedientes se intentaron llevar a efecto a las personas y domicilios citados, como últimos domicilios conocidos, sin que su práctica haya resultado posible.

Texto de la notificación: Por el Sr. Alcalde se han dictado con fecha 09/08/2011 las siguientes resoluciones:

Decreto: Comprobado que ha sido el transcurso del plazo que se le concediera, por escrito de la Alcaldía para presentación de la documentación necesaria para renovación de su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Puente Genil, sin haberse presentado.

Comprobado, así mismo, que en mencionado escrito se le hacía la advertencia de que el transcurso del plazo antes indicado sin presentación de la documentación preceptiva motivaría caducidad de la inscripción con la consiguiente baja de oficio en el Padrón de Habitantes de la localidad, previa resolución, entendiendo que la fecha de baja y caducidad será la de recibí de la notificación de la resolución que se dicta.

Vistos las normas reguladoras del procedimiento de renovación/caducidad de inscripción en el Padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente; y en virtud de las facultades que me otorga la legislación vigente, artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Por el presente he resuelto:

Declarar la caducidad de inscripción en el Padrón de Habitantes de Puente Genil, con la consiguiente baja en el documento indicado, que surtirá efectos desde el día en que se firme el recibí de la notificación de la presente resolución, a lo que se procederá en el plazo de diez días hábiles a contar del día de la fecha, con indicación de los recursos que contra la misma procedan, conforme a lo indicado en la notificación que se practique.

Apellidos y nombre PAS/NIE Domicilio

Abdurazakova Mansura

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Belmehdi Soufiane

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Peña Medina Julián Andrés

X9375037F

C/ Miguel Romero, 37 1º

Jambaa Tseren

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Gantumur Batbaatar

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

B. M.

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Bouallalah Mohamed

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Benizza Filalia

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Kabba Gemo

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Ifeanyichkwu Vincent

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Obedegbe Emmanunel

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Obando Ogedegbe Blessin

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Sangare Idrissa

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Traore Adama

Avda. Cantaor Jiménez Rejano, 0

Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, advirtiéndole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el interesado Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, 2 o 3 de Córdoba, de conformidad con la distribución de competencias del artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de Jurisdicción Contencioso Administrativa, bien directamente, o interponiendo previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al en que reciba la presente notificación, ante el Órgano que ha dictado la presente resolución.

El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, si se interpone directamente, o desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del Recurso de Reposición, si es expreso, si no lo fuere, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el recurso, de conformidad con el art. 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y Ley 30/92, de 26 de noviembre.

La anterior notificación se hace pública mediante el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Puente Genil, 2 de febrero de 2012.- La Secretaria General, Fdo. Carmen López Prieto.

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