Boletín nº 42 (01-03-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Adamuz

Nº. 1.255/2012

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba) hago saber:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), y artículo 11.2 del R.D. número 320/1994, de 25 de febrero, se hace pública la notificación de la resolución recaída en el expediente sancionador que se indica, instruido por el Ayuntamiento de Adamuz, a la persona o entidad denunciada que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adamuz en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Contra el acto que resuelva el recurso de reposición podrá interponer igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el art. 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

El pago de la multa impuesta se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 del R.D. 320/1994, de 25 de febrero y 84.1 del R.D.L. 339/1990, de 2 de marzo.

El expediente correspondiente obra en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba).

Expediente.- Denunciado.- DNI.- Localidad.- Fecha de la denuncia.- Cuantía.- Precepto infringido.

96/2011; Lucian Caldararu; X8403855-T; Almonte; 26-07-0211; 200,00 €; Art. 94 R.G.C.

Adamuz, a 9 de febrero de 2012.- El Alcalde-Presidente, firma ilegible.

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