Boletín nº 42 (01-03-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Jaén

Nº. 1.259/2012

Doña Violeta Jurado Aranda, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 252/2011 a instancia de la parte actora Dª. Mercedes García Torres contra Centros Gestión Dependencia S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Auto Despachando ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva

S.Sª. Iltma. dijo: Se despacha ejecución a instancia de Mercedes García Torres, frente a Centros Gestión Dependencia S.L., por importe de 713,06 euros en concepto de principal, más otros 71,30 euros en concepto de intereses moratorios, más otros 150 euros presupuestados para intereses, gatos y costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que cabe interponer Recurso de Reposición ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma D. José Antonio Lucini Nicás, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén. Doy Fey.

El Magistrado.- El Secretario Judicial.

Igualmente se ha dictado Decreto con esta fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva

Habiendo sido declarada la ejecutada Centros Gestión Dependencia S.L. en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salaria a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente podrán interponer recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y 187 de la LJS).

Y para que sirva de notificación al demandado Centros Gestión Dependencia S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 16 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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