Boletín nº 43 (02-03-2012)
II. Administración General del Estado
Ministerio de Empleo y
Seguridad Social
Dirección Provincial del Servicio Público de
Empleo Estatal
Córdoba
Nº. 1.285/2012
Por esta Dirección Provincial, se ha emitido Resolución sobre Suspensión de Prestaciones, relativas a los trabajadores que aparecen en relación adjunta, no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, por resultar desconocido/ausente sus destinatarios en el domicilio que obra en esta Dirección Provincial. La presente publicación se realiza en virtud de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del R.J.A.P. y P.A.C., para que sirva de notificación a dichos trabajadores, que deberán personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, s/n en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando asimismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los trabajadores referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial.
RESOLUCIÓN SOBRE SUSPENSIÓN DE PRESTACIONES
D.N.I. |
Apellidos y nombre |
Fecha sanción |
Causa devolución |
80152170E |
CARRILLO GARCIA, VICTORIA MARIA |
02/11/11 |
AUSENTE |
X9529404K |
GROBLEWSKI, DAMIAN MARCIN |
13/10/11 |
AUSENTE |
30531593J |
GUTIERREZ BARRIONUEVO, PILAR |
04/11/11 |
AUSENTE |
30392582Z |
LUQUE EXPOSITO, MANUEL |
02/11/11 |
AUSENTE |
51140306J |
MARTIN BAUTISTA, MIGUEL ANGEL |
08/11/11 |
DESCONOCIDO |
X5993459G |
MOLINA RENDON, ANDRES FELIPE |
22/04/11 |
AUSENTE |
30815693V |
MORENO MAYA, LUIS |
09/09/11 |
AUSENTE |
75355656C |
ONETTI ALBALA, ANTONIO |
25/07/11 |
AUSENTE |
X9203945N |
PIETRYCHA, ARKADIUSZ MICHA |
04/07/11 |
AUSENTE |
30443542Y |
POZO HORCAS, ANTONIO |
29/08/11 |
AUSENTE |
71147352A |
RODRIGUEZ ORTEGA, SANDRA |
02/12/11 |
AUSENTE |
30488064T |
RODRIGUEZ OTERO, ANTONIO |
29/09/11 |
DESCONOCIDO |
48869900Y |
RODRIGUEZ ROMERO, FRANCISCO |
27/10/11 |
AUSENTE |
X3705062S |
ROSO HERRERA, JUAN ANTONIO |
07/11/11 |
AUSENTE |
30966729N |
SANCHEZ BELLO, JOSE ANTONIO |
26/10/11 |
AUSENTE |
30955040F |
SERRANO GARCIA, SUSANA |
03/10/11 |
DESCONOCIDO |
X7056977W |
STANIA, MARIAN |
03/11/11 |
AUSENTE |
X4276893C |
ZOUBIR, AHMED |
23/08/11 |
AUSENTE |
Examinadas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador incoado con respecto a la prestación/subsidio que viene usted percibiendo y en atención a los siguientes
Hechos
1.- En la tramitación de este expediente se han seguido las formalidades legales.
2.- No renovó su demanda de empleo o no compareció previo requerimiento ante los Servicios Públicos de Empleo en la fecha indicada (ver fecha sanción en relación adjunta).
3.- Se le comunicó una propuesta de suspensión de su derecho por uno de los motivos indicados, concediéndole el plazo de 15 días para que alegara cuanto considerara que conviene a su derecho, de acuerdo con lo dispuesto el nº 4, del art. 37 del Reglamento General sobre el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/98, de 14 de mayo.
4.- Que Si/No ha presentado alegaciones que modifiquen la propuesta inicial a los que son de aplicación los siguientes:
Fundamentos de Derecho
1.- El Servicio Público de Empleo Estatal es competente para resolver por razón de la materia, de acuerdo con el nº 5 del art. 48 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
2.- Los hechos expresados constituyen una infracción leve de las contempladas en la letra a), del nº 3, del art. 24 del mencionado Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, sancionada con la suspensión del derecho durante un mes, según lo dispuesto en la letra a), del nº 1 del art. 47 de la misma norma.
Visto todo lo actuado, preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial
Resuelve
Suspender el derecho del que es Ud. titular por un período de un mes.
Transcurrido dicho período, se procederá a su reanudación de oficio, siempre que mantenga la situación de desempleo y figure inscrito como demandante de empleo.
Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, podrá interponer ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.
Córdoba 3 de febrero de 2012.- El Director Provincial del SEPE, Fdo. Rogelio Borrego Martínez.