Boletín nº 47 (08-03-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 1.501/2012

El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 211/2011, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Ana Isabel Peralbo Muñoz contra Patrimonial Paricio S.L. y Afriholiday Spain S.L., en la que con fecha 30/11/2011 se ha dictado Auto de despacho ejecución que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva

S.Sª. Iltma. dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Patrimonial Paricio S.L. y Afriholiday Spain S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.709,05 euros en concepto de principal, más la de 541 euros calculados para intereses y costas, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Y decreto de fecha 30/11/2011 que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:.

Requiérase al ejecutado para que en el término de diez días manifieste en este Juzgado bienes suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, así como en el caso de bienes inmuebles, si están ocupados, porque personas y con que título; con el apercibimiento de que podrá imponérsele multas coercitivas periódicas si no respondiere debidamente a este requerimiento.

Extraer los datos de la AEAT, DGT y Catastro por medio del portal informático

Librar oficio al S. de Indices en el caso de que en Catastro figuren bienes.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución a las ejecutadas, junto con el Auto de orden general de ejecución para que en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución.

Y para que sirva de notificación en forma a Patrimonial Paricio S.L. y Afriholiday Spain S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Córdoba, a 1 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.

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