Boletín nº 51 (14-03-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 1.595/2012

Don Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 166/2011 a instancia de la parte actora D. José Juan Sánchez Aragonés, María Jesús Chofles Pineda y Antonio Manuel Sánchez Aragonés contra Fondo de Garantía Salarial y Encuadernaciones Blasco S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones cuya parte dispositiva es:

Auto

En Córdoba, a 24 de agosto de 2011.

Parte dispositiva

S.Sª. Iltma. dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 5.338,36 euros en concepto de principal en caso de D. Antonio M. Sánchez Aragonés, la cantidad de 8.395,29 euros en concepto de principal en caso de D. José Juan Sánchez Aragonés  y la cantidad de 17.015,89 en concepto de principal en caso de Dª María Jesús Chofles Pineda más la de 6.149,90 euros calculados para intereses y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose a la ejecutada, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. Dña. María de la Cabeza Rivas Barranco, Magistrada Sustituta del Juzgado de lo Social Numero 1 de Córdoba. Doy fe.

La Magistrada.

Decreto

Secretario Judicial D. Manuel Miguel García Suárez.- En Córdoba, a 10 de enero de 2012.

Parte dispositiva

Acuerdo: a) Declarar a la ejecutada Encuadernaciones Blasco S.L., en situación de Insolvencia  Parcial por importe de 5.338,36 euros en concepto de principal en caso D. Antonio M. Sánchez Aragonés, la cantidad de 8.395,29 euros en concepto de principal en caso de D. José Juan Sánchez Aragonés  y la cantidad de 17.015,89 en concepto de principal en caso de Dª María Jesús Chofles Pineda euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº 1444/0000/64/0166/11 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Encuadernaciones Blasco S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 20 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad