Boletín nº 55 (20-03-2012)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.075/2012

Convocatoria para la Selección Urgente de Personal Docente para la Impartición de Cursos de Formación Profesional para el Empleo

1. Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la selección urgente mediante contratación laboral por obra o servicio, recogida en el artículo 2 del Real Decreto 2720/1998 de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, de Personal Docente para la impartición de los siguientes Cursos o Módulos de Formación Profesional para el empleo que podrán estar localizados en cualquier municipio de la provincia de Córdoba:

- Monitor Deportivo (2 Docentes: Contrato de 150 horas).

- Auxiliar Biblioteca y Centros de Documentación (2 Docentes: Contrato de 125 horas).

- Instalaciones y Mantenimiento de Jardines y Zonas Verdes (3 Docentes: Contrato de 165 horas)

- Operaciones Auxiliar de Servicios Administrativos y Generales (2 Docentes: Contrato de 215 horas).

- Mantenedor Reparador de Edificios (3 Docentes: 2 Contratos de 177 horas y 1 Contrato de 176 horas).

- Monitor Sociocultural (2 Docentes: Contrato de 150 horas).

- Limpieza de Superficies y Mobiliario en Edificios y Locales (1 Docente: Contrato de 230 horas)

- Auxiliar de Apoyo a la Etapa Infantil (1 Docente: Contrato de 150 horas).

- Monitor de Actividades de tiempo libre infantil y juvenil (2 Docentes: 1 Contrato de 137 horas y otro de 138 horas).

- Módulos sobre Inserción Laboral (FCOOO3), Sensibilización Ambiental e Igualdad de Género. Prevención de Riesgos Laborales (1 Docente: 1 Contrato de 180 horas).

La provisión temporal de estos puestos de trabajo está vinculada al Convenio de Colaboración entre la Diputación de Córdoba y la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía para el XVII Programa de Formación y Empleo Juvenil. Los objetivos del citado Convenio son la realización de acciones formativas con compromiso de contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Decreto 335/2009 de 22 de septiembre por el que se regula la Ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía y en la Orden de 23 de octubre de 2.009 de desarrollo del anterior. Por tal motivo, concurre en su cobertura los requisitos a que se refiere el art. 3.2 del Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de diciembre de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera.

El contrato laboral que formalizará la entidad promotora con el/la trabajador/a seleccionado/a tendrá como duración máxima la de los módulos específicos del mencionado Curso.

La presente convocatoria está sometida a los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad que ordenan el acceso a los empleos públicos, así como a las siguientes normas.

2. Requisitos de los/as aspirantes

2.1.- Requisitos generales

Podrán participar en la misma todas las personas interesadas que reúnan las condiciones generales de capacidad para el acceso al empleo público local, en especial las previstas en el artículo 56 y siguientes de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Junto a lo anterior se requiere, además, el encontrarse en posesión de Certificado de profesionalidad de Formación ocupacional o formación equivalente en metodología didáctica de formación profesional para adultos o titulación de Licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de Maestro, o título de Graduado en Psicología o Pedagogía o postgrado de especialización en Psicopedagogía o título de Especialización Didáctica expedido por el Ministerio de Educación o equivalente o experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos siete años en formación profesional para el empleo o sistema educativo.

2.2.- Requisitos específicos de acreditación académica y de experiencia profesional por curso

Curso Monitor Deportivo (AFDB40)

a) Titulación de Licenciado en Ciencias de Actividades Físicas y Deportes o Diplomado en Magisterio en Educación Física o Técnico Superior de animación de actividades físicas y deportivas o equivalente.

b) Experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

Curso Auxiliar de Biblioteca y Centros de Documentación (SSCC10)

a) Titulación universitaria (Diplomado en Biblioteconomía y Documentación) o equivalente.

b) Experiencia profesional mínima 1 año en la ocupación.

Instalaciones y mantenimiento de jardines y zonas verdes (AGAO0208)

a) Cualquiera de las siguientes Titulaciones: Ingeniero Agrónomo o Ingeniero de Montes o Licenciado en Biología o Licenciado en Ciencias Ambientales o Ingeniero Técnico Agrícola o Forestal o Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos o Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional Agraria y del área profesional de jardinería.

c) Además de una experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

También se puede acceder solo con 3 años de experiencia si no se dispone de la acreditación requerida.

Operaciones Auxiliares de Servicios Administrativos y Generales (ADGGO408)

a) Cualquiera de las siguientes Titulaciones: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes o Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes o Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Administración y Gestión o Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 del área profesional de Gestión de la información y comunicación de la familia profesional de Administración y Gestión.

b) Además de una experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

Mantenedor Reparador de Edificios (EOCX02)

a) Cualquiera de las siguientes Titulaciones: Titulación universitaria o Técnico Medio ó Superior de la familia profesional de edificación y obra civil o electricidad y electrónica o equivalente.

b) Además de una experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

También se puede acceder solo con 3 años de experiencia si no se dispone de la acreditación requerida.

Monitor socio-cultural (SSCS10)

a) Titulación universitaria (Diplomados o Licenciados) o Técnico Superior en Animación sociocultural o equivalente.

b) Además experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales (SSCMO108)

a) Técnico Superior de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad, área de asistencia social y servicios al consumidor ó Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad, área profesional de Asistencia social y servicios al consumidor.

b) Además de una experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

También se puede acceder solo con 3 años de experiencia si no se dispone de la acreditación requerida.

Auxiliar de apoyo a la etapa infantil (SSCSO2EXP)

a) Titulación universitaria (Diplomados o Licenciados) o Técnico Superior en Educación Infantil o equivalente.

b) Y experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

Monitor de actividades de tiempo libre infantil y juvenil (SSCS21)

a) Titulación universitaria (Diplomados o Licenciados) o Técnico Superior en Animación sociocultural o equivalente.

b) Y experiencia profesional mínima de 1 año en la ocupación.

Inserción Laboral (FCOOO3), Sensibilización Ambiental e Igualdad de Género. Prevención de Riesgos Laborales (FCOS01)

a) Titulación universitaria (Diplomatura o Licenciatura) y Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales ó Master Prevención de Riesgos Laborales y Formación en Igualdad de Oportunidades.

b) Y una experiencia profesional mínima de 1 año de experiencia en la ocupación.

3. Solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas, según modelo oficial que figura como Anexo I, se presentarán en el Registro General de Entrada de documentos de la misma, en el plazo de 5 días naturales, a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las solicitudes también podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

Junto a la solicitud deberá aportarse:

a) Fotocopia simple del D.N.I. b) Fotocopia simple de las Titulaciones exigidas para el desempeño de la actividad formativa. En el caso de aportar una titulación equivalente, se habrá de especificar la norma que acredite tal equivalencia. c) Documentos acreditativos de la experiencia profesional alegada para la primera fase del proceso selectivo: - Experiencia profesional por cuenta ajena: Fotocopia simple de contratos de trabajo e informe de vida laboral. - Experiencia profesional como autónomo: Fotocopia de documentos de Altas y Bajas en Licencia Fiscal o del Impuesto de Actividades Económicas e informe de vida laboral.

No se admitirá la presentación de documentos justificativos de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes. En cualquier momento del procedimiento los interesados podrán ser requeridos para la aportación de los documentos originales a efectos de su cotejo.

4. Listas de admitidos/as y excluidos/as

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se harán públicas en el Tablón de Edictos las listas de aspirantes admitidos y excluidos y se concederá a estos últimos un plazo de 3 días hábiles para subsanar los defectos que motiven su exclusión.

5. Proceso de Selección

El proceso selectivo constará de dos fases: valoración de experiencia docente y entrevista curricular. Sólo serán valorables los méritos adquiridos dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de empate prevalecerá la puntuación obtenida en la primera fase y, de persistir éste, se dirimirá por sorteo.

Primera Fase: Valoración de Experiencia Docente

Se valorará la impartición, por cuenta ajena o propia, de Cursos u otras Acciones Formativas relacionados con el elegido en la solicitud y debidamente justificados conforme a la Base 3, a razón de 0,05 punto/hora, con un máximo de 25 puntos.

La Comisión no podrá otorgar una puntuación mayor a la alegada por los aspirantes en su solicitud y podrá minorar la puntuación alegada en el caso de que la experiencia profesional no tenga relación directa con la de los cursos o módulos objeto de esta convocatoria así como en caso de apreciar errores aritméticos.

Los resultados de esta valoración y de los candidatos seleccionados para realizar la entrevista curricular de la segunda fase con indicación de día, hora y lugar para la realización de la misma, se hará público mediante el correspondiente anuncio en el tablón de anuncios de esta Corporación así como en la página web: www.dipucordoba.es.

Segunda Fase: Entrevista Curricular

Solamente serán llamados para esta segunda fase por cada uno de los Cursos o Módulo ofertados los cinco candidatos con mayores puntuaciones en la anterior.

Esta fase tendrá una puntuación máxima 15 puntos y se valorará la capacitación, competencia, y actitud para desempeñar el puesto de trabajo, así como la disponibilidad, currículo, adaptabilidad e idoneidad a las plazas ofertadas y el cocimiento del entorno socio-laboral de los municipios de la provincia de Córdoba.

En la citada entrevista se aportará curriculum vitae de los aspirantes en el que consten los títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, estudios y cursos realizados, publicaciones y cuantos otros méritos se estime oportuno poner de manifiesto. A dicho curriculum acompañará, inexcusablemente, la documentación original que le sirva de justificación y fotocopia simple de la misma debidamente encuadernada y ordenada para su cotejo. La omisión, en dicha fase, de la documentación aludida imposibilitará a los aspirantes obtener puntuación en la misma.

La incomparecencia, por cualquier causa, a dicha entrevista determinará la eliminación de los aspirantes.

6. Comisión de Selección

Se constituirá una Comisión de Selección, de conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, integrada por dos empleados públicos, Presidente y Vocal, cualificados en relación a los puestos convocados y sus respectivos suplentes. Actuará como Secretario el de la Corporación o un/a funcionario/a en quien delegue.

Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos de los presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente. Todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto, con excepción del/de la Secretario/a, que carecerá de esta última cualidad.

La Comisión podrá nombrar Asesores Técnicos para que le asista.

Asimismo, la Comisión actuará con plena autonomía funcional, velando por la legalidad del procedimiento y siendo responsable de garantizar su objetividad.

De acuerdo con el ordenamiento jurídico resolverá todas las dudas que surjan en aplicación de las presentes bases, y tomarán los acuerdos necesarios para el buen orden en el desarrollo de esta convocatoria, estableciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no previstos en ellas. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados/as en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

La determinación concreta de los miembros de la Comisión se hará publica juntamente con la resolución aprobatoria de la lista de aspirantes admitidos/as o excluidos/as.

7. Contratación

La Comisión de Selección elevará propuesta a la Ilma. Sra. Presidenta de la Corporación para la formulación del correspondiente contrato por obra o servicio de la persona participante que hubiere obtenido mayor puntuación final en el proceso selectivo.

El aspirante seleccionado deberá formular declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la formalización de su contrato, ni ejercer otras actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

8. Base final

Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Córdoba que por turno corresponda, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).

Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de estas bases podrán ser interpuestos por las personas interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común y en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba, 15 de marzo de 2012.- La Presidenta, p.d. la Diputada Delegada de RR.HH. y Cooperación al Desarrollo, Fdo. Pilar Gracia Jiménez.


Adjuntos: 2-075_anexo.pdf |

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad