Boletín nº 58 (23-03-2012)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 5
Córdoba

Nº. 1.900/2012

Doña Lourdes Calles Robles, Secretaria del Juzgado de Instrucción Número 5 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas Inmediato núm. 189/11, se ha dictado la presente Sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Córdoba, a 1 de diciembre de 2011.

Don Antonio Rodríguez Moyano, Magistrado-Juez de Instrucción Número Cinco de los de esta capital y de su Partido Judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas Inmediato 189/11, seguida por una falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por Jacobo Moíños López, contra Francisca Cerrone.

Que debo condenar y condeno a Francisca Cerrone como autora de la falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de un mes multa a razón de 5 euros cuota día multa hace un total de 150 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice a Decathlon Córdoba en la persona de su representante legal en 4,95 euros importe de la prenda, cantidad que devengará el interés previsto en el artículo 576.1 de la L.E. Civil y pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el artículo 221 de la L.E.Cr., autorizado con firma de Letrado, ante este Juzgado y dentro del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firme y ejecutoria.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Francisca Cerrone, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 7 de marzo de 2012. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad