Boletín nº 72 (16-04-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 2.425/2012
Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 26 de marzo de 2012, se ha resuelto lo siguiente:
Decreto 145/2012
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al art. 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en calle Santa Brígida, nº. 8-3º-B de esta ciudad el día 31 de marzo de 2012, a las 20´30 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los arts. 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:
1.- Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, D. Antonio Zurera Cañadillas el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 31 de marzo de 2012, a las 20´30 horas.
2.- Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera a 26 de marzo de 2012.- El Alcalde, Fdo. Francisco Paniagua Molina.