Boletín nº 77 (23-04-2012)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 5
Córdoba
Nº. 2.628/2012
Doña Lourdes Calles Robles, Secretaria del Juzgado de Instrucción Número 5 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas Inmediato nº 266/11 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Córdoba, a 21-12-2011.
D. Antonio Rodríguez Moyano, Magistrado-Juez de Instrucción Número Cinco de los de esta capital y de su Partido Judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas 266/11, seguida por una falta de lesiones, en virtud de denuncia interpuesta por Manuel Benítez García, contra Andrés Fimia Castro.
Fallo
Que debo absolver y absuelvo a Andrés Fimia Castro de la denuncia formulada, al estimar la prescripción alegada, declarando de oficio las costas del presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el art. 221 de la L.E.Cr., autorizado con firma de Letrado, ante este Juzgado y dentro del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firme y ejecutoria.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Manuel Benítez García, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 20 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.