Boletín nº 86 (07-05-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 2.917/2012
De conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la ley 4/99, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentando sin éxito la notificación al interesado, se hace saber que en este Ayuntamiento se ha instruido expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes a la persona abajo relacionada, cumplimentándose de esta forma lo establecido en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 1.690/86, de 11 de julio, y Norma II.1.C.2 de las aprobadas por Resolución Conjunta del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, de 9-4-97 (BOE de 11 de abril).
Transcurrido el plazo señalado sin haber formulado alegación alguna, se continuará con el procedimiento de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
Lo que se hace público en trámite de audiencia a los interesados para que el plazo de quince días puedan comparecer y manifestar lo que a su derecho convenga.
Personas cuya baja se proponen.- Domicilio indebidamente consignado.
D. David Martínez Ferre; PJ. Marino Pedro de los Ríos Nº 10, 3-1A.
Córdoba, 9 de febrero de 2012.- El Teniente de Alcalde Delegado de Hacienda y Gestión, Fdo. José María Bellido Roche.