Boletín nº 88 (09-05-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Almodóvar del Río

Nº. 2.995/2012

Dada cuenta del expediente abierto sobre bajas de oficio de habitantes inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio, solicitadas por terceras personas, afectadas por la inscripción de dichos habitantes en sus domicilios o en viviendas de su propiedad, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1.690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, artículo 54 y 72, por el presente vengo en disponer:

Antecedentes de hecho

Primero.- Consta en el expediente escrito presentado por Dª Antonia López Sánchez, DNI. 80138543-B solicitando la baja en vivienda de su propiedad de D. Juan Francisco Merino Ballesteros, DNI. 30532000-Y que figura empadronado en ella, pero que no vive real y efectivamente en ésta.

Segundo.- Incoado expediente se intentó la notificación al afectado por la baja, en la forma establecida por el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resultando la misma infructuosa.

Tercero.- Al no haberse podido practicar la notificación, se procedió a publicar Edicto de incoación del expediente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia nº 227, de 28 de noviembre de 2011, dando al interesado trámite de audiencia.

Cuarto.- Al no manifestar el afectado expresamente su conformidad con la baja de oficio, se solicitó el informe preceptivo del Consejo de Empadronamiento, Sección Provincial de Córdoba; informe que se emitió favorablemente con fecha 1 de marzo de 2012.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes Fundamentos Jurídicos:

Primero.- El artículo 53.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en su redacción dada por el Real Decreto 2.612/1996, de 20 de diciembre, establece que El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.

Segundo.- El artículo 54.1 del citado Reglamento señala que Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Tercero.- Por su parte, el artículo 72 del Reglamento mencionado establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado(...). Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.

Cuarto.- El expediente se ha tramitado de conformidad con lo reglamentariamente establecido, y la falta de conformidad expresa de los interesados ha sido suplida mediante el Informe favorable emitido por el Consejo de Empadronamiento, Sección Provincial de Córdoba, emitido con fecha 1 de marzo de 2012, que obra en el expediente.

En atención a todo lo actuado, y en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, he resuelto:

Primero.- Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio por inscripción indebida al vecino D. Juan Francisco Merino Ballesteros, nacido el 28-11-1968, con Documento Nacional de Identidad Nº 30532000-Y del domicilio de calle El Laurel, número 4.

Segundo.- Notificar la presente Resolución al afectado por la baja padronal resuelta, así como a la vecina que instó en su día la iniciación del presente expediente.

Lo manda y firma la Señora Alcaldesa, ante mí, la Secretaria en Almodóvar del Río a 25 de abril de 2012.- La Alcaldesa, Fdo. María Sierra Luque Calvillo.- Ante mí: La Secretaria, Fdo. Ángela Garrido Fernández.

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