Boletín nº 93 (16-05-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 3.096/2012
Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 26 de abril de 2012, se ha resuelto lo siguiente:
Decreto 231/2012
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al art. 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el salón de sesiones de la Casa Consistorial de esta ciudad el día 2 de junio de 2012, a las 19´30 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los arts. 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:
1.- Delegar en la Sra. Concejala de este Ayuntamiento, Dª. Mª. José Bogas Muela el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 2 de junio de 2012, a las 19´30 horas.
2.- Notifíquese esta Resolución a la interesada y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera a 26 de abril de 2012.- El Alcalde, Fdo. Francisco Paniagua Molina.