Boletín nº 102 (31-05-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 3.524/2012

Don Vicente Tapia Expósito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba), hace saber:

Que expuesto al público por plazo legal el expediente para la modificación de las Ordenanzas reguladoras de la ampliación del Plan Parcial Industrial y Texto Refundido del PP-I Los Postigos, de las Normas Subsidiarias de Nueva Carteya, que había sido aprobado provisionalmente por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2012, no se ha formulado reclamación alguna y en consecuencia queda definitivamente aprobado según lo acordado y legalmente previsto en el parágrafo último del artículo 49, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma Ley se publica el texto integro del acuerdo adoptado (Anexo I) junto con el de la modificación de las Ordenanzas Reguladoras (Anexo II) que se insertan a continuación:

ANEXO I

6º.- Modificación de la normativa urbanística de la ampliación del plan parcial industrial y texto refundido del PP-I Los Postigos.- La Sra. Concejala D.ª María Elena Amo Oteros, Portavoz del Grupo de I.U.L.V.-C.A., explicó la propuesta.

El Sr. Alcalde la sometió a votación ordinaria.

Acto seguido, los señores reunidos, en votación ordinaria, acordaron por unanimidad, aprobar la propuesta en los siguientes términos:

Conocido el documento para la modificación de la normativa urbanística, artículo 43, de la Ampliación del Plan Parcial Industrial y del Texto Refundido del PP-I Los Postigos, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Nueva Carteya, redactado por el Arquitecto D. Gabriel Rincón Martín, de noviembre de 2011, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba, el 1 de diciembre de 2011, en el expediente 11-00768-RF, que consta de cinco páginas.

Se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de las Ordenanzas Reguladoras del Sector para darle nueva redacción al artículo 43, que regula los usos, de la Sección Primera del Capítulo VI de las Ordenanzas Reguladoras del planeamiento modificado, según se contienen en expresado documento técnico.

Segundo: Abrir un plazo de información pública por el período de un mes, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

ANEXO II

Normas subsidiarias de planeamiento de Nueva Carteya ampliación del plan parcial industrial y texto refundido del PPI Los Postigos.

Modificación de las ordenanzas reguladoras, artículo 43.

Normas subsidiarias de planeamiento de Nueva Carteya.

Ampliación del plan parcial industrial y texto refundido del PPI Los Postigos.

Modificación de la normativa urbanística, artículo 43.

1.- Objeto

Nueva regulación de las Ordenanzas Particulares de Zona, condiciones de uso en la Zona de Industria definida en el Plan Parcial PP-I Los Postigos.

2.- Antecedentes

La actual regulación de las condiciones de uso en la Zona de Industria ha resultado inadecuada en algunos supuestos al no contemplar algunos usos compatibles que sí se incluyen en las ordenanzas de aplicación en la Zona Industrial del Suelo Urbano, de la que es ampliación el sector PPI Los Postigos.

3.- Procedencia

Las Ordenanzas Particulares de la Zona de Industria, reguladoras de la edificación del Plan Parcial pretendían implantar fuera del casco urbano las actividades industriales que se instalaran. Sin embargo la regulación de uso contenida en el Plan Parcial no tuvo en cuenta en su momento la inclusión de algunos usos compatibles autorizados en las ordenanzas desarrolladas en el planeamiento general de las Normas Subsidiarias, y que complementan al uso dominante de industria y que por tanto no tienen cabida en la actualidad al no estar regulados los citados usos.

La modificación consiste en la inclusión como uso compatible en el sector PP-I Los Postigos gran parte de los que se reconocen en esta clase en la Zona Industrial de las Normas Subsidiarias municipales vigentes.

Esto supondrá que junto a la actividad principal de industria se puedan establecer otra serie de usos compatibles y complementarios de las industrias que se establezcan, con lo queda suficientemente justificada la Modificación Puntual de Normas Subsidiarias.

4.- Propuesta de ordenación

La ordenación propuesta responde básicamente a los siguientes criterios:

Nueva regulación de las condiciones de uso en las Ordenanzas Particulares de la Zona de Industria definida en el Plan Parcial, incluyendo como usos compatible gran parte de los reconocidos como tales en la ordenanza reguladora de la Zona Industrial del Suelo Urbano.

5.- Documentos afectados

Ampliación del Plan Parcial Industrial y Texto Refundido del PP-I Los Postigos. Ordenanzas Reguladoras. Capítulo 6º Ordenanzas Particulares de Zona. Sección 1ª Zona de Industria (IND). Art. 43 Usos.

PLANEAMIENTO VIGENTE

Ordenanzas Reguladoras

Capítulo 6º Ordenanzas particulares de zona.

Sección 1ª Zona de Industria (IND).

Art. 43. Usos.

Uso dominante: - Industrial.

Usos compatibles: - Vivienda en 1ª Categoría con las siguientes condiciones.

" Parcela mínima de 1.500 m2

" Se situará en planta alta

" El acceso se producirá independientemente, en caso de situarse en planta alta, del uso industrial y directo desde el exterior

" No podrá superar los 150 m2 construidos

" Estará destinada al servicio directo y guarda de la actividad industrial

PLANEAMIENTO MODIFICADO

Ordenanzas Reguladoras

Capítulo 6º Ordenanzas particulares de zona.

Sección 1ª Zona de Industria (IND).

Art. 43. Usos.

Uso Dominante: - Industrial en 2ª Categoría.

Usos Tolerables: - Vivienda en 1ª Categoría con las siguientes condiciones.

" Parcela mínima de 1.500 m2.

" Se situará en planta alta o en edificio independiente y aislado.

" El acceso se producirá independientemente, en caso de situarse en planta alta, del uso industrial y directo desde el exterior.

" No podrá superar los 150 m2 construidos.

" Estará destinada al servicio directo y guarda de la actividad industrial.

Usos Compatibles: - Garaje, Aparcamiento y Servicios del Automóvil en 4ª Categoría.

- Comercial en 1ª y 2ª Categoría.

- Oficina en 1ª y 2ª Categoría.

- Relación y espectáculos en 1ª y 2ª Categoría.

- Deportivo en 2ª Categoría.

- Infraestructuras: servicios generales

En Nueva Carteya, noviembre de 2011. El Arquitecto. Fdo. Gabriel Rincón Martín. Colegiado nº 200 del C.O.A.C.O..

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la Publicación de este Anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que hace público para general conocimiento en Nueva Carteya, a 9 de mayo de 2012.- El Alcalde, firmado electrónicamente, Vicente Tapia Expósito.

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