Boletín nº 118 (22-06-2012)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 4.037/2012
No habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 11 de abril de 2012, por el que se aprobaba provisionalmente las modificaciones al Baremo de la Ordenanza reguladora del Registro Público de Vivienda Protegida de este Excmo. Ayuntamiento de Montilla; el mismo se entiende definitivamente aprobado, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la citada modificación, cuyo tenor literal es el siguiente:
A N E X O I
BAREMO DEL REGISTRO PUBLICO DE DEMANDANTES
&/&
5.- Ingresos: (expresado en nº veces IPREM a efectos de mínimo)
Programa |
Tramo de IPREM a efectos de mínimos |
Puntuación (cálculo sobre IPREM general) |
I.M.A. |
> o igual 3 y < o igual 5,5 |
(50 puntos + 10 puntos) /nº veces IPREM x 3 |
General |
> o igual 1,5 y < o igual 3,5 |
(50 puntos + 10 puntos) /nº veces IPREM x 1,5 |
General |
> o igual 1,5 y < o igual 4,5 |
(50 puntos + 10 puntos) /nº veces IPREM x 2,5 |
PARA FAMILIAS NUMEROSAS O CON UNA PERSONA DEPENDIENTE |
||
Especial |
> o igual 1 y < o igual 2,5 |
(50 puntos + 10 puntos) /nº veces IPREM x 1 |
Joven en venta |
> o igual 1 y < o igual 2,5 |
(50 puntos + 10 puntos) /nº veces IPREM x 1 |
Alquiler con opción de compra |
> o igual 1 y < o igual 2,5 |
(50 puntos + 10 puntos) /nº veces IPREM x 1 |
Alquiler |
> o igual 0 y < o igual 0,7 |
0 puntos |
> o igual 0,7 y < o igual 2,5 |
(50 puntos + 10 puntos) /nº veces IPREM x 1 |
De conformidad con el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurra el plazo de 15 días hábiles previsto en el artículo 65.2 del citado cuerpo legal.
Montilla a 12 de junio de 2012.- El Alcalde, Fdo. Federico Cabello de Alba Hernández.